sonysony dijo:
El otro día estuve en un curso de fiscalidad que impartía un asesor fiscal conocidillo y le pregunte por la segunda plaza de garaje. Me dijo que sólo podía deducirse si estaba incluida en la misma escritura del piso. En la reunión nos dijeron que iría en dos escrituras distintas pero en el mismo acto asique pregunte si firmando el mismo día pero en distintas escrituras podíamos deducirnos. Me dijo que no. Yo no la he incluido en mi declaración de la renta.
Sonysony menudo susto me he llevado, pero he consultado el manual de la renta 2007:
http://www.aeat.es/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Informacion_institucional/Campanias/Campania_Renta_2007/Informacion/FolletosPDF/manualRenta2007.pdf Pagina 399
3º Conceptos que se asimilan a la vivienda habitual, a efectos de la deducción:
- Los anexos o cualquier otro elemento que no constituya la vivienda propiamente dicha,
tales como jardines, parques, piscinas e instalaciones deportivas, siempre que se adquieran
conjuntamente con la vivienda.
- Las plazas de garaje adquiridas conjuntamente con ésta, con el máximo de dos.
A efectos de la deducción, se entienden adquiridas con la vivienda las plazas de garaje que
cumplan los siguientes requisitos:
a) Que se encuentren en el mismo edificio o complejo inmobiliario y se entreguen en el
mismo momento.
b)
Que su transmisión se efectúe en el mismo acto, aunque lo sea en distinto documento. c) Que sean utilizadas o estén en disposición de utilizarse por el adquirente, es decir, que su
uso no esté cedido a terceros.