Hola a todos, sobre este famoso Libro de Edificación, os diré que hay una Ley 38/1999 Ordenación de la Edificación, "...esta Ley tiene por objeto regular los aspectos esenciales del proceso d ela edificación, estableciendo obligaciones y responsabilidades de los agentes q intervienen en el proceso..." Bueno no os canso + en el Capítulo II de esta Ley, el art. 7 dice:" Documentación de la obra ejecutada.Una vez finalizada la obra, el proyecto, con la icorporación, en su caso, de las modificaciones debidamente aprobadas, será facilitado al promotor por el director de obra par ala formalización de los correspondientes trámites administrativos. A dicha documentación se adjuntará, al menos, el acta de recepción, la relación identificativa de los agentes q. han intervenido durante el proceso de edificaicón, así como la relativa a las instrucciones de uso y mantenimiento del edificio y sus instalaciones, de conformidad con la normativa que le sea de aplicación. Toda la documentación a que hace referencia los apartados anteriores, que constituirá EL LIBRO DEL EDIFICIO, será entrewgada a los USUARIOS FINALES del edificio.
Bueno no os aburro +, esto es lo que hay. Salu2