Buenas,
Muchas gracias por la interesante información.
El día de la quedada comentamos nuestras preocupaciones por conocer que documentos regulan las condiciones que debe reunir la construcción de una vivienda nueva (por ejemplo, dónde está recogido que no tengan obligación de instalar persianas en la planta baja). Nosotros comentamos que se estaba elaborando un nuevo Código Técnico de la Edificación, CTE, el cuál podría afectar a la construcción de nuestras viviendas. Pues bien, he podido comprobar que creo que no será así, dado que aún no ha entrado en vigor (aunque está apunto de hacerlo, con casi 2 años de retraso), y cuando lo haga creo que no afectará a la construcción de nuestras vivendas, basándome para ello en lo siguiente:
Proyecto de Real Decreto por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación, CTE, de 30 de octubre 2003.
Podeis encontrarlo en el siguiente enlace:
http://www.miliarium.com/Paginas/Normas/CTE/01_de_11_RD_y_P1.pdf Disposición transitoria
1. No será de aplicación preceptiva el Código Técnico de la Edificación, CTE, aprobado por el presente Real Decreto:
a) a los edificios que a la entrada en vigor del mismo estén en construcción o con licencia de construcción solicitada (nuestro caso) ;
b) a los proyectos aprobados por las Administraciones Públicas competentes o visados por colegios profesionales, a la fecha de entrada en vigor de este Real Decreto, siempre que la licencia se solicite en el plazo de un año a partir de la entrada en vigor
de este Real Decreto (nuestro caso).
2. No obstante lo anterior, los proyectos y obras a los que se refieren los párrafos anteriores podrán ser adaptados en su totalidad a lo establecido en el Código Técnico de la Edificación (esto entiendo que es de caracter voluntario).
Por otro lado, es la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE) ya mencionada en los anteriores mensajes la que marca las normas aplicables en estos momentos. Podeis encontrarla en el siguiente enlace:
http://www.codigotecnico.org/espa/LOE.pdf Disposición final segunda. Autorización al Gobierno para la aprobación de un Código Técnico de la Edificación.
Se autoriza al Gobierno para que, mediante Real Decreto y en el plazo de dos años a contar desde la entrada en vigor de esta Ley (lo hizo el 6 de mayo de 2000), apruebe un Código Técnico de la Edificación que establezca las exigencias que deben cumplir los edificios en relación con los requisitos básicos establecidos en el artículo 3, apartados 1.b) y 1.c).
Hasta su aprobación, para satisfacer estos requisitos básicos se aplicarán las normas básicas de la edificación-
NBE que regulan las exigencias técnicas de los edificios y que se enumeran a continuación:
NBE CT-79 Condiciones térmicas en los edificios.
NBE CA-88 Condiciones acústicas en los edificios.
NBE AE-88 Acciones en la edificación.
NBE FL-90 Muros resistentes de fábrica de ladrillo.
NBE QB-90 Cubiertas con materiales bituminosos.
NBE EA-95 Estructuras de acero en edificación.
NBE CPI-96 Condiciones de protección contra incendios en los edificios.
Las Normas Básicas de la Edificación-NBE podeis encontrarlas en el siguiente enlace:
http://www.mfom.es/vivienda/normativa/NormNBE.html Asimismo, se aplicará el resto de la reglamentación técnica de obligado cumplimiento que regule alguno de los requisitos básicos establecidos en el artículo 3.
Y en este artículo 3 está lo verdaderamente importante, aunque por desgracia no indica expresamente la reglamentación técnica que regula cada uno de los requisitos básicos que contiene. Será cuestión de buscar por ahí con paciencia. Os resumo el artículo 3, pero os recomiendo que lo leais completo usando el enlace que he apuntado antes de la LOE.
Artículo 3. Requisitos básicos de la edificación.
1. Con el fin de garantizar la seguridad de las personas, el bienestar de la sociedad y la protección del medio
ambiente, los edificios deberán proyectarse, construirse, mantenerse y conservarse de tal forma que se satisfagan
los requisitos básicos siguientes:
a) Relativos a la funcionalidad.
b) Relativos a la seguridad.
c) Relativos a la habitabilidad.
Disculpad la extensión del mensaje, pero creo que su gran importancia lo justifica.
Saludos
C_y_A