Tranki, hombre. No te aceleres que te va a subir la tensión ;-)
Con los fadesos ya sabemos, desgraciadamente, como van las cosas. Con ponernos de mala leche no vamos a conseguir nada más que llevarnos un mal rato............
Vamos a ver si te puedo resolver esa dudilla:
Lo que te han dado son las condiciones límites en cuanto a posibilidad de edificación en la parcela.
La edificabilidad hace referencia a la superficie máxima que puede ser edificada por cada parcela. La ocupación en planta es la superficie máxima de la parcela que puede ser ocupada por la edificación, y al hablar de baja + 1, quiere decir que no se puede levantar ninguna planta más que dos (la baja y la primera). El retranqueo hace referencia a la distancia que hay que guardar desde el límite de la edificación hasta cada una de las lindes de la parcela.
Espero haberte ayudado.
Saludos y que podais llevar bien el calorcito de estos días!!!!!!! JOLÍNNNNNNNNNNNN!!!