Voy a pronunciarme sobre este tema porqué hace 4 o 5 años solicité permiso a los técnicos de nuestro Ayuntamiento contestándoseme en los términos que bién explica chuster91.
Como dice JCC28 y Jesanan, no debemos de hacer de nuestra capa un sayo levantando muros y tabiques que rompen la estética de la urbanización sin sujetarse a las normas del PGOU. Pero entre el rigor disciplinario de este plan y la coherencia, debería existir un nicho de permisividad que permitiera la incorporación de elementos con estructura móvi, como pudieran ser, estrucutras metalicas de aluminio con cerramiento de cristal.
Parece ser, que las ordenanzas no permiten ningún elemento fijo que no sea con un retranqueo de menos de 3 metros a la calle, y como dice achiper91, el techo tiene que ser corredizo. Pués bién, ya existen cierres metalicos donde el frontal es totalmente plegable ( forma acordeón ) y techos corredizos, ¿ donde se actua contra la normativa ?, ¿no será, que el Ayuntamiento quere hacer caja por superar la edificabilidad atribuida por el Plan General de Ordenación Urbana ?
Si os acercais por la calle Kioto, hay un chalet que ha cerrado todo el patio de la cocina con ladrillo y tejado, lleva mas de 3 años y ahi sigue.
"s.t.mese", has tenido mucha suerte , como tú dices: de que no te haya visitado la policía ni nada de eso , ¿ nada de eso ?, jajajajaja, eres un cachondo, ya verás como vayan los del PGOU, nos vemos viviendo en el bar del Chuiqui, bueno, tampoco nos importaría, ¿ no ?.
Un saludo.