Esta ley no hay por donde cogerla, si bien es verdad que sube la cantidad inembargable por ejecuciones de deudas hipotecarias con garantía personal, hay que decir, que esto sigue siendo insuficiente, arbitrario e indecente, donde al prestatario se le somete a un castigo exacerbado rozando la crueldad, quedando indefenso ante unas leyes que sólo defienden al poder financiero, principal responsable del pinchazo de la burbuja inmobiliaria.
Vamos por partes :
1 )SMI ( salario mínimo interprofesional ) año 2011= 641.40 euros
2 )El patrón que los embargos de nómina deben de seguir por ley, son:
1. A las personas que perciban hasta el doble del SMI, se le podrá descontar el 30% que exceda los 641,40 euros.
2. Salarios de hasta tres veces el SMI, se le suma el descuento anterior, más el 50% de lo que exceda de dos SMI.
3. Aplicable para personas que perciban hasta 4 veces el SMI, se les embarga lo anterior más el 60% del monto que exceda el tramo entre el segundo SMI y el cuarto.
4. Para ingresos de más de cinco SMI: a los embargos anteriores se le agrega el 75%, del tramo entre el segundo SMI y el quinto.
5. Para quien goce de más de cinco salarios mínimos, se embarga el 90% de todo lo que exceda un salario mínimo.
Esta ley ridícula, sube 318,60 euros ( 641,40 + 318,60 = 960 ), cantidad que puede llegar hasta los 1.300.- si la familia nuclear tiene 2 miembros sin ingresos o por debajo del SMI.
Esta ley tipifica, una subida del 10% ( del 50% al 60% ) del valor de tasación como valor mínimo de la subasta, lo que no dice es, de donde sale el precio de tasación. Ejemplo: Tu casa la compraste en su fecha por 250.000.-euros, precio que el banco financió al 100% de la tasación inicial . Si la pierdes a fecha de hoy, te darán por la misma el 60% del valor de la tasación que el banco saque a subasta. Vamos a ser generosos y saquemos una tasación actual de 200.000.-euros, seguro que se tasará en menos, pero vamos a partir con este valor para no hacer mas sangre, pues atendiendo a ese porcentaje del 60% de esta nueva ley, tu casa se podría vender por 120.000.-euros, siendo este el importe que la entidad financiera restará al saldo vivo del préstamo hipotecario. Imaginemos, que te queda pendiente de la hipoteca 230.000.-euros, la diferencia sería de 110.000.-euros lo que seguirías debiendo al banco y que este, podría recuperar mediante embargos a otros bienes e incluso la nómina, si se practicara sobre esta, los porcentajes de embargo permitidos son los establecidos mas arriba que con la nueva ley, la cantidad inembargable sube un poco mas.
Ejemplo de embargo en nomina con un sueldo bruto de 1500.-euros y sin ningún miembro en la familia nuclear que pueda subir la cantidad inembargable, cantidad que puede llegar a 1.300.-euros en el caso de tener dos miembros sin ingresos o que estos estén por debajo del SMI
1.500. - 960 = 540.- euros
540.- x 30% = 162.-euros sería la parte embargada
Creo que os dejo más o menos claro como se aplica la ley.
Dicho esto, quisiera hacer una reflexión desde el posicionamiento de aquel que compró su casa como vivienda habitual y residencial, donde invito a nuestros gobernantes y políticos que se unan a la misma:
El comprador de una vivienda para uso permanente y residencial , ejerciendo un derecho de primera necesidad,:
¿ forma parte o participa activamente en la alteración del precio del bien adquirido ?.
¿ Invierte en un mercado con ánimo de lucro ?
¿ Fijó la tasación del bien adquirido ?
¿ la falta de compromiso en sus pagos ha sido voluntario o ajeno a su voluntad ?
Las especulaciones de los actores de este mercado inmobiliario, ¿ han podido ser los causantes de deflación del bien adquirido, siendo su praxis gran responsable del endémico mercado de trabajo de este País ?
La situación de este mercado laboral, donde todos los miembros de una familia han perdido su trabajo, ¿ penaliza a muchos de los hipotecados al no poder hacer a sus pagos ?.
¿ Afecta a la dignidad de la persona, a su estabilidad emocional y al conjunto de la familia nuclear este tipo de situaciones totalmente anómalas en un estado del bienestar?.
¿ El perder de la vivienda donde se reside ante un desahucio, no es suficiente castigo para aquel que lo sufra ?
La gran banca y muchos de esos GRANDES empresarios que el gobierno reúne periódicamente para consensuar las formas de cómo exprimir más a las clases medias, deben asumir la responsabilidad de su culpa. Los comunes de los ciudadanos no participamos de sus bonanzas, por consiguiente, pídannos ustedes austeridad y ejerceremos responsablemente en función de sus comportamientos, pero dejen de oprimirnos y de expoliarnos, sean coherentes administrando la justicia porque es, lo que verdaderamente hace libre a los pueblos.
Si la banca solo admite la dación de la vivienda como pago a los inmigrantes que saben que se van a marchar de este País, lo mismo, deberemos marcharnos todos. Asuman la parte directa de su responsabilidad y fijen como precio de la vivienda en la subastael de la tasación inicial. Si ustedes solo consiguen por la vivienda en el momento actual el 50% del saldo vivo del préstamo hipotecario, metan esa perdida en su cuenta de resultados, no se preocupen por la misma, ya la sanearemos si va mal, a costa del erario público. QUE AQUÍ HAY MUCHA GENTE QUE SUFRE Y SOLO VEMOS LAS CARRERAS DE FORMULA 1 POR TELEVISIÓN , ¿ NO ? SR. BOTIN.