Buenas,
Al final de mi anterior mensaje, al expresar que "trataremos de obtener toda la información posible sobre la viabilidad de la misma", me estaba refiriendo precisamente a cerciorarnos de que dicho traslado de la caldera es legal, que es lo mismo que decir que es aceptado por la compañía suministradora Gas Natural. Estamos todos de acuerdo, no cabe duda de que esto es imprescindible antes de decidirnos a "tocar nada". Ni tan siquiera hay que fiarse de los instaladores, puesto que el traslado es técnicamente posible, pero podría no ser admitido por la compañía suministradora.
A la hora de la consulta, la compañía suministradora podría solicitarnos una Memoria Técnica o Proyecto que describiera el alcance de las modificaciones a realizar, de cara a evaluar las mismas. En este caso habría que presentar dicho documento y esperar la aprobación. Una vez obtenida la misma podría ejecutarse la reforma, presentando posteriormente el Boletín de Instalación del instalador que llevara a cabo la misma.
Todo lo que os he indicado hace referencia a instalaciones industriales de Gas Natural, pero creo que es igualmente aplicable en instalaciones domésticas. En este caso sólo tengo un antecedente: cuando nos entregaron nuestra actual vivienda, un instalador autorizado nos hizo la conexión de la cocina de gas al tubo que había dejado colocado la constructora en la cocina ; nos entregó el Boletín de Instalación (cuesta una pasta, que es independiente del trabajo que realice), el cuál tuvimos que entregar en la compañía suministradora para poder contratar el suministro de gas.
Ahh, me dejé un detalle en la lista anterior de necesidades para el traslado: hay que instalar, si no la hay, una toma de corriente en el porche.
Saludos
C_y_A