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mrbarlon
mrbarlon
22/11/2007 18:42

RESOLUCIÓN DE CONTRATOS CON C. DEL CAMPO

¿Cómo se aplica la Ley 57-1968 en la devolución de cantidades anticipadas en la construcción?

627 lecturas | 1 respuestas
Hola.
Parece ser que C. del Campo en la resolución de los contratos firmados por la compra de los apartamentos turísticos devuelve las cantidades pagadas por el precio más un 4% de interés, según la cláusula 2ª de los referidos contratos.
Pues bien, conforme a lo dispuesto en la Ley 57/1968, de 27 de julio, reguladora de las percepciones de cantidades anticipadas en la construcción en relación con la disposición adicional 1ª de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, se establece:
" - La devolución garantizada comprenderá las cantidades entregadas MÁS LOS INTERESES LEGALES DEL DINERO vigentes hasta el momento en que se haga efectiva la devolución."

- Pero además en el propio contrato se hace referencia a la citada legislación así como en el documento de AVAL , se expresa lo que ahora no se está cumpliendo:

"EL BANCO GUIPUZCOANO, S.A. (...), por el presente AVALA solidariamente en los términos de la Ley 57/1968 de 27 de Julio a la sociedad mercantil COMERCIAL DEL CAMPO SA, con CIF.........., ante D..........., hasta un máximo de.........Euros, MÁS LOS INTERESES LEGALES CORRESPONDIENTES , en garantía de las cantidades, que en cumplimiento del contrato de compraventa de fecha........, suscrito por las citadas partes, relativo a la vivienda........(...)". Ahí está !

TIPOS DE INTERÉS LEGAL DEL DINERO Alt+

AÑO 2005 4%
AÑO 2006 4%
AÑO 2007 5%

Cualquier actitud contraria a la ley es un abuso por parte de la promotora supone una infracción denunciable ante la Comunidad Autónoma de Madrid - Consejería de Consumo (Oficinas de Atención al Consumidor) así como en vía judicial para exigir que realice la liquidación de los intereses legales conforme a la referida Ley.

Por lo tanto, animo a los demás compradores que no se dejen "timar" una vez más. Ya nos han tomado el pelo suficiente con nuestro dinero, en lo que para nosotros era la ilusión de una vida y para ellos un negocio más, del que quieren seguir aprovechando.
Un saludo.
 
J
jlrodher
15/12/2007 16:02
Hola, me acaban de comunicar la negativa de la resolución del juzgado para hacer la division horizontal de la vivienda que compre en la C/ Campezo, 2....me he quedado alucinado, y claro y sin casa, la promotora me ofrece devolverme el dinero mas un 4% de interes, ....y ahora que hago yo con eso?...Quien me paga lo que han subido las casa desde hace tres años que lo compre?, lo solucionan con un 4% de interes....Alguien tiene Alguna idea?
mrbarlón, te envio mi correo y me cuentas que podemos hacer: jlrodriguez.cem@gmail.com

un saludo

 

Fin del hilo
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