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jaiperalv
22/03/2008 14:17

registro de visitas

710 lecturas | 3 respuestas
Hola:voy a alquilar un aparatmento por mi cuenta y por lo visto los inquilinos se tienen que apuntar en el registro de visitas. sabe alguien si esto es necesario y dónde se tienen que apuntar? gracias
 
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Jose_san_luis
23/03/2008 10:12
jaiperalv, desconozco de donde has sacado ese contrato, pero el único contrato válido que deberiamos utilizar todos si tuviesemos permiso de Turismo, es el que viene publicado en el BOE.

Pero todo ello será no ahora, sino cuando la situación quede completamente aclarada por parte de Turismo. Pues hoy por hoy, ni tu ni yo deberiamos alquilar por nuestra cuenta, pues no es legal, ya que ni tu ni yo, tenemos permiso de Turismo. Como tampoco lo tiene Managering y sin embargo está alquilando apartamentos que ni siquiera son suyos, lo cual aun es más grave..

Lo que quiero decirte es que alquiles el apartamento por tu cuenta con un contrato corriente y moliente que se renueve automaticamente cada 45 días y cuando Turismo se pronuncie, haremos lo que tengamos que hacer.

Un saludo.
 
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jaiperalv
23/03/2008 00:57
hola jose: lo he visto en un contrato modelo que me han enviado, en las condiciones generales, te copio el artículo 11. saludos

11.- Libro-Registro de ocupantes.- Será requisito inexcusable para ocupar los alojamientos la previa inscripción de los clientes en el «Libro-Registro de Ocupantes», mediante la exhibición de su documento de identidad o pasaporte (art. 36).
 
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Jose_san_luis
23/03/2008 00:48
Que, que me dices jaiperalv????

¿ Registro de visitas ????

¿ De donde te has sacado eso ??
 

Fin del hilo
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