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J
jluis37
06/03/2004 21:19

APARTAMENTOS TURÍSTICOS

¿Es obligatorio poner en alquiler un apartamento turístico según la normativa?

1.190 lecturas | 4 respuestas
Me he leído las normas que regulan los llamados "apartamentos turísticos" y no veo en qué artículo se obliga al propietario a ponerlas en alquiler.

Cuando compré el piso me dijo el comercial que pusiera un anuncio en el Segunda Mano por 500.000 pts al mes y que guardara el recorte por si tenía inspección pero no me convence por sentido común:

Si soy propietario de un inmueble, que es mi único inmueble y cuya financiación representa más de la mitad de mi sueldo mensual... ¿quién coño va a llamr a la puerta de mi casa para echarme de ahí?. Imagino que antes irán a por el especulador que tiene 8 viviendas vacías esperando a que suba el precio para venderlas.
LA VERDAD ES QUE EN LA PRÁCTICA NI CONOZCO CASOS QUE HAYAN TENIDO PROBLEMAS CON ÉSTO NI LOS HE ENCONTRADO EN JURISPRUDENCIA.

No tiene sentido que te obliguen a alquilar tu vivienda habitual siendo la única que tienes. Cualquier tribunal decente te daría la razón.

 
M
martola2002
22/03/2004 17:52
hola vecinos
 
V
vpriego
16/03/2004 18:34
Hola jluis,

veo que has escrito en varios foros.
Lo de los carteles tiene una fácil explicación, ya que compre el mío 5 meses antes de que salieran los de "el jardín", por cierto, algo más caros a igualdad de metros.

Volviendo a la cuestión de los apartamentos, ¿quieres decir que se desgrava como primera vivienda si lo ocupas durante 3 años?

Saludos
 
J
jluis37
12/03/2004 20:01
vpriego, HOLA VECINO. YO TAMBIÉN ME HE CMPRADO UNO EN LA ALAMEDA DE LAS MERCEDES. MI MOTIVO ES QUE NO ME FIABA DE LAS MISTERIOSAS CONDICIONES VENTAJOSAS QUE OFRECE "EL JARDÍN" NI DEL PRESTIGIO DEL PROMOTOR (INVERSIETE).

Con todos mis respetos, habrá que decirte eso de "un ciego no lo ve". Me refiero a los carteles de El Jardín de las Mercedes que inundan la zona, dicho sea de paso, con publicidad engañosa. ¿Cómo es posible que no los vieras?.

En lo relativo a lo que preguntas, decirte que la Dirección General de TRibutos se ha pronunciado y SÍ ES POSIBLE DESGRAVAR POR LA ADQUISICIÓN DE UN APARTAMENTO TURÍSTICO SIEMPRE Y CUANDO LUEGO LO HABITES 3 AÑOS (salvo circunstancias que te obliguen a abandonarlo tales como matrimonio, traslado de lugar de trabajo y otras análogas).

Un saludo
 
V
vpriego
12/03/2004 18:04
Hola a todos,


Por todo lo que decis,¿sabe alguién si se puede en la declaración de la renta desgravarse por estos pisos como si fueran primera vivienda aunque sean apartamentos turísticos, o por el contario llevan algún tipo de régimen especial?
Yo me decante por Coivisa, más que nada porque no tenía conocimiento de estos del Jardín de la Mercedes, aunque prácticamente son del mismo tipo.

saludos

Vicente
 

Fin del hilo
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