El post mio alque se refiere aparece bajo el título "Liquidación Mod. 300 IVA Trimestral" en el foro de la Alameda de las Mercedes.
Y en el se transcribe la respuesta a una consulta vinculante a Hacienda.
Los alquileres entre particulares están exentos de IVA, y se debe facturar con IVA en caso de que el inquilino fuese una empresa.
El IVA en hostelería: hoteles, aparthoteles y restaurantes es del 7%, el 16% sería en el caso de alquiler de local de negocios.
Creo que hay exceso de información poco contrastada y ninguna profesionalidad, por lo que el foro, se esta volciendo mas peligroso que las empresas de explotación a las que se han vinculado la mayoría de los complejos de apartamentos turísticos.
¿Porqué no despertamos de una vez, y unimos fuerzas mediante la Asociación Nacional de Propietarios de Apartamentos Turísticos - ANPAT?
Al menos podriamos contar con asesoramiento menos interesado del que hasta el momento nos han dado los promotores y empresas de explotación ; y la asociación al no tener ánimo de lucro, nos revertiría los resultados de la gestión, y podría llevar una administración de nuestros complejos, mas transparente.
Ver su web:
www.anpat.org