jalb, yo lo que hice fue hacer un contrato siguiendo las pautas que marcaba en su intervención jose_san_luis.
Te la copio:
La unica diferencia entre poner IVA y no ponerlo radica en la distribucion del importe total, teniendo en cuenta que el IVA es del 7%. Es decir, si tu le pides al mes a tu inquilino 856 Euros considerando el IVA, en el contrato harás constar que el importe mensual de alquiler se distribuye en 800 de principal y 56 de IVA. Ya sabes, que en este caso para no tener problemas con Hacienda tendrás que declarar todos los trimestres en tus modelos 300 el IVA correspondiente.
Y sino pones IVA, los 856 Euros son para ti y punto. Y luego en cuanto a Hacienda te corresponderá declarar en tu declaracion de renta anual lo que hayas ingresado en total en el año como renta de alquiler.
En cuanto a las otras características del contrato, son las mismas que las de cualquier contrato de alquiler de cualquier vivienda, teniendo en cuenta:
1.- Se hacen por 45 días renovables automáticamente, hasta que el inquilino se vaya.
2.- De fianza se coge un 25% de la mensualidad.
3.- El contrato esta acogido a la Ley en vigor de arrendamientos turisticos
Es decir, se trata de hacer un contrato de arrendamiento cualquiera pero teniendo en cuenta que de fianza solo puede coger el 25%, el contrato se renueva automaticamente cada 45 días y una indicación donde ponga que se acoge a la Ley de arrendamientos turisticos.
Yo hice un contrato así de facil y simple, y en una paralela que me hizo Hacienda tuve que entregar una copia y me valió sin ningun problema.
Un saludo.