Hola, soy de la Alameda de las Mercedes.
Mi situación no es diferente a la vuestra, porque no soy de las ultimas fases que están clausuradas, sino de la que entregan en Junio, que tiene al parecer ya firmada la división horizontal y está a la espera de la licencia de funcionamiento.
Yo no puedo asegurar que es lo que va a pasar, pero después de haberme estado informando en un lugar o en otro, hablando con unos y otros, la conclusion a la que he llegado es que no hace falta que haya un cambio de ley para que estemos fastidiados igual. Os cuento como lo veo yo.
Tal y como está la ley ya, según nos han informado en la Oficina de Información de la Vivienda, no nos podemos empadronar en un apartamento turístico. Todos los españoles tenemos que estar empadronados, así que si no es posible allí tendrá que ser en otro lugar (casa de nuestros padres u otros).
Estar empadronado es el requisito necesario para acceder a la sanidad, la educación, etc. Alrededor puedes tener centros de salud, colegios y lo que quieres, pero no serán los que te correspondan. Y aunque, por ejemplo, pudieras acceder a un colegio de esa zona, el número de colegios en la zona sería menor que el de niños viviendo por allí, ya que al no estar empadronados allí no les tendrán en cuenta.
Pos supuesto, al no poder empadronarnos allí, tampoco podemos hacer constar ese domicilio como vivienda habitual ni desgravarnos por las cantidades entregadas por su compra.
En mi opinión, si lo que nos han dicho en la Oficina de Información de la Vivienda (y os invito a comprobar que os dicen allí por vosotros mismos), con ley o sin ella estamos fastidiados.