Noticia de hoy del Ayuntamiento sobre Apartamentos
¿Cómo evita el Ayuntamiento el uso fraudulento de terrenos en Madrid?
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El Ayuntamiento modifica el Plan General de Urbanismo para evitar el uso fraudulento de estos terrenos
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El Gobierno municipal impide la construcción de apartamentos turísticos en suelo industrial
La medida ha partido de la Concejalía Urbanismo ante el incremento inusitado de solicitudes de licencias para la implantación de apartamentos turísticos en suelo industrial donde no está permitido el uso residencial
El Ayuntamiento considera que un desarrollo tan masivo de estos usos causaría una drástica reducción del suelo industrial en Madrid, y podría derivar en desarrollos residenciales encubiertos
Para evitar el fraude, Urbanismo dictó ya en agosto una instrucción destinada a regular la concesión de licencias de construcción para estos hospedaje. El objetivo era controlar que las licencias fueran destinadas a este uso y no a residencial
Madrid, 9-dic-‘05
El Ayuntamiento prohibirá la construcción de apartamentos turísticos en suelo industrial con el fin de evitar el uso fraudulento de estos terrenos y velar así por el desarrollo de actividades económicas contempladas por el Plan General. El primer paso para implantar esta normativa lo ha dado hoy la Junta de Gobierno con la aprobación del proyecto de modificación puntual del Plan General que afecta a los artículos relativos a la implantación de modalidades de alojamiento temporal diferentes de hotel (apartamentos turísticos, hoteles-apartamentos, pensiones, hostales, casas de huéspedes o similares) en parcelas de uso calificado industrial o industrial en coexistencia con terciario de oficinas y que no contemplan el uso alternativo residencial.
Esta modificación del Plan General, que se presentará al próximo Pleno para su aprobación, sólo permitirá la implantación del uso de hospedaje en suelo industrial cuando se trate de hoteles dentro de estas parcelas.
La medida ha partido de la Concejalía de Urbanismo ante el incremento inusitado de solicitudes de licencias para la implantación de apartamentos turísticos en suelo urbano calificado de uso industrial donde no se permite el uso residencial. Se considera que un desarrollo tan masivo de estos usos podría causar una drástica reducción del suelo industrial disponible en Madrid, además de que esta situación podría derivar hacia desarrollos residenciales encubiertos.
Hay que recordar que el concepto de apartamento turístico está destinado al fomento del turismo y, por tanto, el suelo industrial no es el que se ajusta a esta tipología de hospedaje.
Antecedentes
Para evitar el fraude en torno a la implantación de apartamentos turísticos, la Concejalía de Urbanismo dictó el pasado mes de agosto una instrucción destinada a regular la forma en que deberían concederse las licencias de construcción para esta tipología de hospedaje. El objetivo era controlar que las licencias concedidas fueran efectivamente destinadas a esta actividad y no a residencial.
Con ese fin, no sólo se han establecido controles para conceder la licencia de obras, sino también para las de funcionamiento, las cuales están siendo coordinadas con la Dirección General de Turismo, dependiente de la Comunidad de Madrid. Esta licencia solo puede ser solicitada por una única titularidad empresarial, que debe estar inscrita en el Registro General de Empresas y Entidades Turísticas de la Comunidad.
Normativa
Este tipo de alojamientos se encuentran regulados en la Comunidad de Madrid por la Ley 1/1999 de Ordenación del Turismo que los define como “inmuebles integrados por unidades de alojamiento complejas, dotadas de instalaciones y servicios destinados de forma habitual al alojamiento turístico ocasional sin carácter de residencia permanente”. Además, según la Orden del año 1967 y el Real Decreto de 1982 sus propietarios están obligados a alquilarlos durante un tiempo mínimo al año que exceda de un mes y por plazos mínimos de tres días y máximos de 45, prorrogables./