Hola Truchas,
No se si julianolga te lo comentaron, pero lo que si te comenté yo era lo siguiente:
La vivienda es de protección oficial y de PROMOCIÓN PRIVADA, pues somos nosotros quienes pagamos su construcción, aunque tengamos ayudas públicas.
Yo siempre cito decretos y resulta aburrido, pero el plan nacional de la vivienda 2002-2005 (RD 1/2002) establece una única modalidad de vivienda protegida, sin citar creo siglas.
Es en el decreto de la comunidad de madrid:
DECRETO 11/2001, de 25 de enero, por el que se regula la financiación cualificada a actividades protegidas en materia de vivienda y su régimen jurídico para el período 2001-2004, donde se especifica lo siguiente:
El Decreto sistematiza la tipología de las Viviendas con Protección Pública en las tres categorías de Vivienda con Protección Pública para venta o uso propio (VPP), para arrendamiento, que a su vez, se subdivide en Vivienda con Protección Pública para Arrendamiento (VPPA) y Vivienda con Protección Pública para Jóvenes y Mayores (VPPJYM), y finalmente, de Vivienda de Integración Social (VIS).
Lo que ocurre es que todos tenemos "reminiscencias" a la hora de referirnos a las viviendas y usamos mal los terminos.
Perdona por la legislación, pero es la única forma de constestarte que conozco y ademas, por lo menos está documentada.
Un saludo.