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El_estafao
13/09/2016 21:27

CONCURSO DE ACREEDORES PROMOCIONES GONZALEZ S.A

¿Qué se anuncia en el BOE sobre el concurso de PROMOCIONES GONZÁLEZ, S.A.?

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 ¿alguien sabe como va esto?

Publicado en:

«BOE» núm. 139, de 11 de junio de 2015, páginas 26025 a 26025 (1 pág.)

Sección:

IV. Administración de Justicia

Departamento:

JUZGADOS DE LO MERCANTIL

Referencia:

BOE-B-2015-18700

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TEXTO

Edicto

Dª Mª Luisa Pariente Vellisca, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1.- Que en el concurso número de autos 194/2015, con Número de Identificación General del procedimiento 28079 1 4044579 /2015, por auto de 22 de mayo de 2015, se ha declarado en concurso voluntario, tramitado como ordinario, a PROMOCIONES GONZÁLEZ, S.A., con CIF Nº A-16009367 y domicilio sito en calle Fernando el Santo, nº 9,1º, 28010 Madrid.

2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde el día que en que se les realice la comunicación por la administración concursal o bien en el supuesto de que no se haya realizado, desde el día siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del auto de declaración de concurso.

3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la administración concursal.

4.- La identidad de la administración concursal es D. Rafael Martín Rueda, dirección postal de la misma es Plaza de Celenque, nº1, 3º, 28013 Madrid, y la dirección electrónica concursopromocionesgonzalez@gmail.com

Ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, haciéndoseles saber que los presentados en este juzgado se tendrán por no comunicados. Las comunicaciones de créditos efectuadas ante este Juzgado se tendrán por no realizadas.

5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de abogado y procurador presentando escrito de forma separada al de comunicación de crédito ante este Juzgado.

Madrid, 22 de mayo de 2015.- Secretario Judicial.

 

Fin del hilo
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