OK, Gracias por el aviso,
Saludos.
CONSEJO RECTOR JO dijo:
ATT: A todos los Socios de la Cooperativa Jardines Olímpicos Soc.Coop Mad.
Estimados Socios, somos el Consejo Rector de la Cooperativa, en primer lugar, gracias por vuestros mensajes de apoyo al consejo. Tras el correo enviado el pasado jueves 19 de Marzo y publicar la misma notificación en el foro nuevosvecinos.com, hemos recibido varios correos así como los mensajes que habéis publicado en este mismo foro con varias preguntas, a las que trataremos de responder.
En primer lugar, la fecha definitiva de la Asamblea General Extraordinaria en la que se informará a los socios de todo lo que aquí avanzamos y de conformidad con lo expuesto en los artículos 38 y siguientes de los estatutos, se convoca para el próximo Miércoles 15 de Abril de 2009 en los locales Sala de cines de Dreams Palacio de Hielo , C/ Silvano 77, 28043, Madrid. Sala Nº 5 (393 butacas) a las 17 horas en primera convocatoria y a las 17:30 en segunda convocatoria con el siguiente orden del día.
El orden del día de dicha reunión será el siguiente:
ORDEN DEL DÍA: Asamblea General extraordinaria Abril 2009
1. Información y Ratificación, en su caso, de los Acuerdos Adoptados por el Consejo Rector hasta la fecha.
2. Resolución del contrato de Gestión con la entidad Gesteco Estudios y Promociones, S.L. de fecha 15/04/2.005, debate y adopción de acuerdos, en su caso.
3. Debate de las propuestas de contratación de los servicios de otra u otras empresas gestoras, adopción de acuerdos en su caso.
4. Ruegos y Preguntas.
5. Designación de la persona o personas, que eleven a publico e inscriban en el Registro de Cooperativas, en su caso, los acuerdos adoptados en la Asamblea.
6. Lectura y aprobación, si procede, del acta de la Asamblea.
La convocatoria de dicha reunión la ha realizado la gestora en funciones mediante Correo Certificado y suponemos llegará en los próximos días.
A raíz de la celebración de la Asamblea General Ordinaria celebrada el pasado Junio de 2008 y tras el descontento mostrado por parte de los socios respecto a la Gestora, el Consejo Rector comenzó a consultar con expertos la posibilidad de romper el contrato con la Gestora actual así como las posibles consecuencias positivas y negativas que esta decisión podrían originar a la cooperativa. Para ello se consultó con la Federación de Cooperativas, un despacho de Abogados (cuyo nombre facilitaremos en la asamblea) y cinco gestoras de cooperativas (de las cuáles y por petición expresa de las mismas no podemos dar nombre). En la asamblea extraordinaria que celebraremos el 15 de Abril de 2009 se tratará, en caso de ser ratificada la decisión tomada por el consejo rector, la contratación de otras gestoras.
Existe un contrato entre la gestora y la cooperativa en el que se marcan dos hitos (y que explicaremos detenidamente en la asamblea), una vez estudiados este contrato por un despacho de abogados se nos suministra un informe del que se puede leer lo siguiente
“En este sentido sería viable la resolución del contrato evitando el pago de indemnizaciones por daños y perjuicios. Dicha resolución habría de llevarse a cabo a la mayor brevedad, por cualquier método que permita tener constancia de la recepción por el destinatario y del texto remitido (conducto notarial, burofax con certificación de texto) El informe de este bufete lo pondremos a vuestra disposición en la asamblea extraordinaria.“
Asimismo, nos han llegado varias preguntas por mail, así como las planteadas en el foro nuevosvecinos.com a las que queremos contestar adelantando algunas de las razones por las que hemos tomado la decisión de romper el contrato con la Gestora, siempre condicionada a ser ratificado por los socios en asamblea.
- Pérdida de confianza en la Gestora
- Desde Julio de 2007, la gestora debería haber comenzado a reembolsar a la cooperativa la parte que le debe del capital social de la misma. Esta parte del capital social fue aportado por los socios inicialmente a la gestora por un tiempo de dos años ( esto queda reflejado en los contratos individuales de cada uno de los socios con la cooperativa y la gestora). La cantidad total asciende a 66.331,23 Euros y a día de hoy no hemos conseguido llegar a una negociación con la Gestora para que nos sea reembolsada esta cantidad a la cuenta de la cooperativa, a pesar de haberlo solicitado en múltiples ocasiones e incluso mediante comunicación de burofax
- Se ha solicitado a la gestora en múltiples ocasiones la realización de gestiones comerciales de captación de nuevos socios para los casos de bajas o cesiones de derechos, solicitud fundamentada en base al contrato formalizado entre la cooperativa y la gestora en el que se refleja que será la gestora la encargada de los trabajos de captación socios. Dicha solicitud ha sido siempre rechazada por la gestora alegando entre otras justificaciones que la gestora cuenta con otra cooperativa abierta en el mismo ámbito en fase de captación de socios y que la cooperativa está cerrada.
- Las reuniones periódicas celebradas entre el consejo rector y la gestora, habitualmente de larga duración por las diferencias de criterio entre gestora y consejo rector, se han visto en los últimos meses recortadas en su duración por el establecimiento por parte de la gestora de una hora límite máxima de permanencia en las sede de la cooperativa que se fija en las 20:30, siendo imposible por parte del consejo acudir antes de las 19. 30 por cuestiones laborales. De este modo no disponemos en muchas ocasiones de tiempo para tratar todos los temas pendientes en cada una de las reuniones. A esta situación la dirección de la gestora nos propone que nos ausentemos de nuestros puestos de trabajo para llegar antes a la sede de la cooperativa a cambio del cobro de dietas a la propia cooperativa, situación a la que el consejo rector se niega instando a la gestora que sea ella la que pague las dietas a sus trabajadores, pero que no grave a la cooperativa con un gasto a nuestro parecer innecesario. Finalmente y al no llegar a un acuerdo en este sentido, la gestora plantea que parte de los asuntos de la cooperativa se solucionen por vía correo electrónico para aligerar el tiempo de las reuniones.
- Revisando actas de reuniones celebradas entre la gestora y el consejo rector del año 2005 (socios fundadores), en el acta de 1 de Julio de 2005 se refleja lo siguiente: Se acuerda por unanimidad del consejo rector, la contratación del estudio de arquitectura AZZER PROYECT S.L. en el contrato firmado entre la cooperativa y dicho estudio se establece la exclusividad con este estudio de arquitectura para la realización de los trabajos de la cooperativa y en caso de que los socios quieran trabajar con un estudio distinto del mencionado, la cooperativa deberá indemnizar a dicho estudio con el 10% de sus honorarios correspondientes.
- Sistemáticamente, la gestora nos ha propuesto la realización de gastos que a nuestro criterio, son innecesarios, y que pueden disminuir la solvencia de la cooperativa. El consejo rector por su parte, ha transmitido a la gestora la necesidad de incurrir en los mínimos gastos necesarios, sin eludir los que sean necesarios para el buen fin de la cooperativa, pero tratando de disminuir los gastos a los mínimos posibles y evitando la repercusión de gastos directamente a los cooperativistas.
- En la formulación de las cuentas del ejercicio 2007, el Consejo rector y con el objeto de que los cooperativistas dispusieran de la máxima información posible, registró en el pasivo del balance una provisión para riesgos y gastos que cubrían la posible reclamación por parte de la comunidad de Madrid del ITP (correspondiente a la compra de los terrenos, este impuesto estaba dentro del periodo de exención que marca la ley pero próximo a su finalización para parte de los terrenos adquiridos por la cooperativa), la gestora ante esta situación, planteó la posibilidad de no incluir dicha provisión, justificando su criterio de la siguiente forma: La gestora informa que las cuentas están auditadas con la información suministrada a los auditores, y que no procede, alarmar innecesariamente al socio, sin haber sido requeridos al pago del ITP por la comunidad de Madrid, sobre el que se ha solicitado la exención legal correspondiente y aun se está dentro del plazo de exención.
- El consejo rector no percibe un trato por parte de la gestora como cliente, este tratamiento se pudo observar igualmente en la asamblea general ordinaria celebrada el pasado Junio de 2008 en el comportamiento de algunas personas pertenecientes a la gestora hacia los cooperativistas.
- Igualmente, tenemos la impresión de no ser asesorados por la gestora, sino únicamente informados de las situaciones pero sin suministrarnos diferentes posibilidades de actuación.
- El consejo rector ha tomado esta decisión, siempre sometida a su ratificación en la asamblea, por la viabilidad del proyecto. El desencuentro con la gestora es tal que el Consejo se ve incapaz de seguir trabajando con esta gestora en la que no confía.
Atentamente
El Consejo Rector