MADRID | Pusieron 16,6 millones de euros
Asefa, de nuevo condenada a devolver el dinero a un grupo de cooperativistas
El juez da la razón a los demandantes el línea con la jurisprudencia marcada por el Tribunal Supremo en otro caso en el que la aseguradora está implicada
También recibirán una indemnización por la mora en el pago
Efe | Madrid
Actualizado jueves 10/10/2013 16:52 horas
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El Juzgado de Primera Instancia número 98 de Madrid ha condenado a la aseguradora Asefa a pagar a más de 500 cooperativistas el dinero que anticiparon para adquirir viviendas en el barrio de La Tenería, de la localidad madrileña de Moraleja de Enmedio, que nunca fueron construidas.
La sentencia de este Juzgado, a la que ha tenido acceso Efe, respalda la decisión del Tribunal Supremo (TS), que en septiembre ya establecía que la aseguradora debía devolver a los cooperativistas las cantidades entregadas para las viviendas ante la inviabilidad de la promoción y la insolvencia de la cooperativa.
Desde el comienzo del juicio, en 2011, los cooperativistas han pedido a la aseguradora que les devuelva los 16,6 millones de euros que anticiparon por sus viviendas, de acuerdo con una ley de 1968.
Ante ello, la aseguradora se negó a devolver el dinero, alegando que la póliza de seguro de caución no garantizaba el buen fin de la promoción, sino que lo que garantizaba era que las cantidades ingresadas en las cuentas especiales no se dedicaran a fines ajenos a la cooperativa.
En esta sentencia, el Juzgado ha considerado pertinente no solo el pago de las cantidades reclamadas por los afectados, sino también una indemnización por mora o retraso de la asegurado, tal y como había dictado anteriormente el Tribunal Supremo.
Cuando se inició la causa, este juzgado de primera instancia de Madrid ya dio la razón a los cooperativistas y condenó a la aseguradora a indemnizar a los demandantes en cuantía igual a las cantidades respectivamente anticipadas, incrementadas con el interés legal desde su ingreso en las cuentas de la cooperativa.
La Audiencia Provincial de Madrid revocó esta sentencia al admitir el recurso y los argumentos de la aseguradora.
Posteriormente, el pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo revocó esta resolución, algo que ahora ha vuelto a respaldar este Juzgado madrileño.