Buenas, he encontrado este documento en el que nos dicen los plazos que tenemos para informar de los defectos en los pisos, como podreis ver lo de los veinte dias que nos da la inmobiliaria nada de nada, asi que habra uqe preguntarles el porque del plazo quenos dan:
" Recibidas las llaves, es aconsejable que revise la vivienda para detectar sus posibles defectos.
Para formular reclamaciones y solicitar la reparación de estas deficiencias, el comprador dispone de los siguientes plazos:
Para viviendas con licencia de edificación posterior a mayo de 2000:
1 año para los defectos que afecten al acabado de la obra (problemas de instalación eléctrica, pintura... etc.)
3 años para los defectos que afecten a las condiciones de habitabilidad (humedades...)
10 años para defectos que afecten a la estructura del edificio.
Ud., como comprador, dispondrá de 2 años para reclamar el arreglo de los posibles desperfectos siempre y cuando éstos se presenten dentro del periodo de garantía."
Saludos.