Buenas tardes
Como ya sabréis, inexplicablemente, a los últimos compradores que no pertenecen a la comunidad de bienes, sino que han comprado directamente a la promotora, les han cambiado unilateralemente las condiciones de financiación.
A pesar de que las condiciones de subrogación están firmadas en los contratos de compraventa, el banco Santander ha modificado las mismas.
Se ha pasado de Euribor + 1,5% a Euribor + 2,15%, 0,5% gastos de apertura y con gastos de cancelación y amortización anticipada.
Entiendo que contra el banco no se puede realizar ninguna acción ya que no le puede vincular un contrato con terceros, ¿pero y contra la promotora? Es un incumplineto de contrato.
Podríamos ir haciendo una lista de perjudicados y ver si podemos ejercer alguna acción colectiva.