Toda la información relativa a las alturas de muros, tanto a la calle como linderos está disponible en el ayuntamiento, los técnicos te dirán allí si los puedes subir o no, y lo más seguro es que si se trata de un muro entre parcelas tengas que llegar a un acuerdo con el vecino (por feo que éste sea).
Respecto al tema de la edificabilidad agotada te puedo decir lo mismo: en cada ayuntamiento hay una ordenanza distinta, pero por regla general si es terraza o porche se computan la mitad de los metros cuadrados.
Si la edificabilidad está agotada (que es lo que se ha comentado) es imposible que te den la licencia, ya que el técnico del ayuntamineto no tiene posibilidad de darla (estaría incumpliendo él la ley y nunca se va a arriesgar), otra cosa es que te arriesgues tú.
Suerte
Chemari