Covibarges lo que va a hacer es una escritura pública con el Títullo Constitutivo de la Comunidad de Propietarios, en el que se indica la propiedad horizontal de ll inmueble objeto de la Comunidad. Es un trámite obligatorio para el promotor cuando se trata de una construcción nueva.
Después, para empezar a funcionar como lo que todos conocemos como una comunidad de vecinos, hay varios trámites que hacer:
- Hay que registrar un libro de actas en el Registro de la Propiedad, en el que deben reflejarse las decisiones, cuentas, etc.
- Convocar una reunión de los vecinos para consitución de la Junta de la Comunidad:.
- Nombrar los cargos de la Junta: el presidente de la comunidad y secretario creo que son los mínimos exigidos. El peor, bajo mi punto de vista, es el papel del secretario, porque es el responsable de redactar las actas de las reuniones, y llevar las cuentas de la comunidad.
- Hay que solicitar un NIF para la comunidad, en Hacienda.
A veces es el promotor el que se encarga incluso de la convocatoria de la 1ª reunión y de nombrar un administrador, (que no es obligatorio, pero recomendable ya que somos muchos), que, como decís, después podemos decidir que se cambie.
Editado por silviams 16/10/2009 12:12
Editado por silviams 16/10/2009 12:12