Nestva, he visto en tu mensaje que pides saber que tipo de personal tenemos trabajando en la mancomunidad, si son guardas de seguridad, conserjes o vigilantes de seguridad, te lo voy a explicar.
Mira, la categoría del personal que tenemos trabajando en la mancomunidad La Pineda es Auxiliar de servicios, es una categoría creada por el vacío legal en la ley de seguridad privada y que suplanta la figura del vigilante de seguridad, que es la única figura legal, regulada y supervisada por el ministerio del Interior. Los vigilantes de seguridad son profesionales que deben cumplir unos requisitos entre los que destacan
- Tener la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
- Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, de Técnico, u otros equivalentes a efectos profesionales, o superiores.
- Carecer de antecedentes penales. (Importantísimo demuestra si la persona es de confianza o no) - No haber sido sancionado en los dos o cuatro años anteriores, respectivamente, por infracción grave o muy grave en materia de seguridad.
Hay muchos más los podéis consultar en la web de la policía en el link:
http://www.mir.es/SGACAVT/personal/vseguridad/requisitos.html Una vez hayan acreditado que cumplen los requisitos deben superar un curso en una academia donde tras finalizar un examen si logran aprobar consiguen un diploma y se presentan a un proceso de oposición-selección en el que les examina el cuerpo nacional de Policía en el cual deberán superar unas pruebas físicas y un examen de conocimientos (un teórico). Si aprueban les dan el titulo de Vigilante de seguridad y sólo pueden trabajar en una empresa autorizada por la dirección general de la Policía, cuya empresa será responsable de los daños que pudiera ocasionar el Vigilante de seguridad, por ejemplo si hay un incendio, robo, que pintasen en la fachada, etc sería la empresa de seguridad la que respondería del daño.
Quiero aclarar que con la ley de seguridad privada que se aprobó en el año 1992 y es la que está en vigor se suprimió las extintas categorías de Vigilante jurado, guarda jurado y/o guarda de seguridad, por tanto ya no existe la única figura en vigor es Vigilante de seguridad, que los solemos ver en controles de acceso de oficinas, centros comerciales, furgones blindados, etc. La ley les permite realizar funciones de seguridad y pueden portar defensa (más conocida como la porra) y grilletes (esposas). Para que lleven un arma de fuego deben obtener la licencia de armas.
Ahora voy a explicar que es un auxiliar de servicios (el personal que tenemos en la mancomunidad). Es una categoría de una empresa de servicios (no de seguridad) que no tiene seguro de responsabilidad sobre los actos del auxiliar. El auxiliar de servicios no tiene que superar ningún curso ni prueba alguna ya que no se le reconoce como personal de seguridad privada, por lo tanto puede acceder con antecedentes penales ya que al no necesitar ningún título puede presentarse cualquiera.
¿Por qué lo consiente la Policía, que se supone que debería vigilar esto?
La empresa, en nuestro caso Gestimer alega que el auxiliar de servicios no está para desarrollar funciones de seguridad (cosa que como empresa de servicios tienen prohibidísimo y les podría acarrear una multa por sanción grave por intrusismo en seguridad privada) sino que está para realizar funciones de mantenimiento es decir, cambiar una luz, arreglar un pomo de una puerta, etc. Nunca podrá realizar funciones de seguridad, por eso tienen prohibido a diferencia de los vigilantes de seguridad portar defensa, grilletes y armas. Tampoco es legal que controlen un circuito cerrado de televisión. Es decir, un médico no es médico porque lleve una bata blanca, lo es porque tiene una formación y un título, lo mismo ocurre con los vigilantes de seguridad y auxiliares de servicio, aunque las empresas les ponen uniformes parecidos para confundir a los ciudadanos no tienen nada que ver. La manera más fácil de distinguir a un auxiliar de servicios (personal no apto para la seguridad) y un vigilante de seguridad (personal habilitado de seguridad), es simple, el vigilante de seguridad siempre portará una placa redonda con fondo blanco y letras en rojo, donde pone la expresión “Vigilante de Seguridad” expedida por la Policía. Aquí os pongo visualmente un vigilante de seguridad y un auxiliar de servicios.
Vigilante de seguridad y su placa distintivo Auxiliar de servicios (Inhabilitado para funciones seguridad) Bien, dicho esto, ya sabemos que tenemos personal inhabilitado para las funciones que se supone debe desarrollar además de muy poca garantía y poquísima cualificación, por lo menos deberíamos exigir a la empresa que envía el personal que transmita un poco de confianza, es decir un hombre de mediana edad con una vida estable, etc.
Eso como cliente de Gestimer la mancomunidad lo puede exigir, no que nos envíen chavales que parecen salidos de un programa de reinserción social. Por supuesto metiendo caña y sacarlos del club social, no pintan nada ahí metidos y si en una garita fuera como las mancomunidades que tenemos alrededor y las rondas con puntos de fichaje no valen para nada si la persona que ficha es de poco fiar. Si seguimos con esta política de pasotismo un día ocurrirá algo grave y nos entonces nos echaremos las manos a la cabeza, sólo hay que ver el coche de la empresa Gestimer (uno cutre, creo que un Fiat uno destrozado), si os fijáis no pone nada de seguridad y sí algo que va desde las artes graficas hasta el mantenimiento de piscinas. Es cierto que el presidente y el vicepresidente nos tienen abandonados pero tenemos que quejarnos.
De todas formas he visto una circular (en la puerta del club social) que pone que realizarán fotos a gente con perros por si hacen sus necesidades dentro de la mancomunidad denunciarlos. Ojito porque puede que haya una denuncia, ya que como he dicho es muy peligroso que el personal que tenemos realice cualquier tipo de foto y menos con fines de denuncia. A la mancomunidad le puede salir muy cara la gracia del vicepresi. Vamos a tener que realizar una reunión para realizar una queja formal a la junta de dirección.
Un saludo de un funcionario que sabe algo de esto.