Aún no salgo de mi estupefacción con algunos de los comentarios vertidos aquí!!!!! Como bien dice
madriss aquí el objetivo es y debe ser intercambiar información...puesto que no todos somos igual de obsevadores ni de conocedores de todo lo que atañe al único punto que tenemos en común: la casa de Las Carolinas. ¿Es que a nadie se le ocurrió interesarse por las instalaciones comunes y particulares??????? Creo que en nuevosvecinos.com las suspicacias infundadas deberían estar al margen. No obstante me gustaría aclarar algunos puntos:
1.- No soy la tal Yolanda (¿y qué importaría si lo fuera?) sino alguien que ha comprado uno de los pisos del residencial (Gracias Chiki24 por tus disculpas...eso te hace grande)
2.- Mi objetivo no es mentir por lo que tampoco tengo que desmentir nada
3.- Tan solo he querido compartir con vosotros lo que he observado (como creo que hacéis la mayoría con lo que contáis) pues creo que es de interés común
4.- Si alguna vez menciono leyes y ordenanzas es porque me ha tocado conocerlos de cerca (en donde vivo actualmente un grupo de vecinos, de una misma familia, se han apoderado de los cuartos comunes y toman decisiones en contra de ley engañando a quienes se dejan...basta con no dejar hablar a la parte contraria.....tanto es así que la mayoría piensa que esos cuartos son de quien los utiliza en propiedad!!!!)
5.- Desde luego no hago hincapié en el cumplimiento delas leyes porque quiera la presidencia ni mucho menos...no hay nada más desagradable....pero tendré que aguantarme cuando me toque (confío en que siempre se respete la rotación que se establezca, pues todos tienen los mismos derechos y obligaciones)
6.- Aunque esto debería ir en otra cita, siento deciros que cuando la casa viene con la preinstalación de aire acondicionado hecha tbn viene definido el lugra del aparato A/A...creo recordar que en los áticos estaba en el solarium ; y en los pisos sin terraza, en los tendederos.
7.- Hay cosas que no se pueden decidir en junta porque ya vienen reguladas en Estatutos, Ordenanzas, Reglamentos o Leyes...y me temo que eso de sise pueden o no realizar barbacoas en las terrazas de cubierta no es cosa de junta pues el usufructo de las mismas es exclusivo de los propietarios de los áticos, allí el humo no molesta a nadie (en los bajos no podría hacerse) y tan solo deben contemplar lo que dice la ley al
respecto....(tranquil@ Chiki24...creo que tú tenías uno,¿no?)
8.- Tener administrador no libera de elegir presidente... son cargos distintos...el primero puede no ser de la comunidad, pero el segundo es obligatorio que lo sea.
9.- Agradezco a quienes han sabido entenderme
Un saludo para todos...¡sin excepción!...y buen rollito