OFICINAS DE INFORMACIÓN POR TEMAS....
¿Cómo acceder a las ayudas económicas para viviendas con protección pública en Madrid?
488 lecturas | 0 respuestas
SERVICIO DE VIVIENDA DE OBRA NUEVA
C/ MAUDES 17
PLANTA BAJA
Oficina de Información
C/ Alenza nº 17
AYUDAS ECONÓMICAS
Para poder acceder a las subvenciones a fondo perdido o a la subsidiación de intereses, los interesados deberán solicitarlo antes del transcurso de DOS MESES desde la firma del contrato o de la escritura de compraventa.
TF. 91 5803583
91 5803107
PLAN DE VIVIENDA DE LA COMUNIDAD DE MADRID 2001-2004
VIVIENDAS CON PROTECCIÓN PÚBLICA
El Plan de Vivienda de la Comunidad de Madrid 2001-2004 acoge dentro del concepto de viviendas con protección pública distintos tipos de programas de actuación:
VIVIENDAS DE INTEGRACIÓN SOCIAL: VIS
VIVIENDAS PARA ARRENDAMIENTO DESTINADAS A JÓVENES Y MAYORES: JYM
VIVIENDAS CON PROTECCIÓN PÚBLICA PARA VENTA, USO PROPIO, ARRENDAMIENTO Y ARRENDAMIENTO CON OPCIÓN A COMPRA.
SERVICIO DE VIVIENDA DE OBRA NUEVA
C/ MAUDES, 17
PLANTA BAJA
Oficina de Información
C/ Alenza nº 17
CALIFICACIÓN
Para calificar una vivienda con protección pública debe reunir una serie de requisitos de carácter jurídico y técnico.
La obtención de la calificación habilita para la concesión de beneficios económicos para promotores y adjudicatarios.
Informes jurídicos
Informes técnicos
Teléfonos:
91 5803555
91 5804313
AYUDAS ECONÓMICAS
Subvenciones a fondo perdido y subsidiación de intereses con destino a los adquirentes y usuarios con determinados niveles de ingresos.
91 5804305
91 5804501
DESCALIFICACIÓN
Solicitud de descalificación de vivienda con protección pública, una vez transcurridos al menos 15 años desde la descalificación definitiva de vivienda con protección pública, con devolución de los beneficios obtenidos por ser VPP.
91 5803555
RÉGIMEN JURÍDICO DE LAS VIVIENDAS DE PROMOCIÓN PÚBLICA
La Dirección General de Arquitectura y Vivienda controla el régimen jurídico de las viviendas públicas ubicadas en la región. Si ocupa usted una vivienda de estas características, la información de las mismas es la siguiente:
CAMBIOS DE TITULARIDAD
Solicitudes para cambiar la titularidad de la vivienda por causas de fallecimiento, separación matrimonial, etc., y subrogarse en los derechos de la misma.
REGULARIZAR LA OCUPACIÓN DE LAS VIVIENDAS
Una vez publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid la resolución por la que se convoca la regularización de la situación jurídica de un grupo o promoción de viviendas determinado, los particulares habrán de presentar sus solicitudes para legalizar, si es posible, la situación de ocupación irregular de la vivienda en la que se encuentran.
CIERRE TEMPORAL
Suspensión temporal en el uso obligatorio de las viviendas.
DESAHUCIOS
Expedientes iniciados por uso incorrecto de las viviendas de promoción pública: obras sin autorización, abandono, asalto a las viviendas o bien con motivo de perjuicios ocasionados por el propio titular.
En el supuesto de falta de pago en las viviendas adquiridas en régimen de compraventa, la tramitación del procedimiento es competencia del IVIMA.
AUTORIZACIÓN DE VENTA
Cuando el titular de una vivienda en régimen de compraventa haya satisfecho los pagos necesarios para la adquisición de la vivienda y desee venderla a otro particular, deberá solicitar la autorización de la venta, y, una vez concedida y realizada ésta, comunicar el cambio de titularidad.
SERVICIO DE RÉGIMEN JURÍDICO DE VIVIENDA
c/ Maudes, 17 - planta 2ª
Teléfonos:
91 580.31.47