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Javier41
Javier41
13/07/2009 01:12

DOS VEHICULOS EN UNA PLAZA

¿Cómo evitar problemas con el seguro y los vehículos en el garaje de la comunidad?

1.301 lecturas | 12 respuestas
Hola a todos/as, bien este es un tema que ya se ha hablado en varias ocasiones en las juntas y no se pone solucion.

De todos es sabido que el seguro no cubre mas vehiculos que plazas de garage, tambien es sabido que los seguors se agarran a un clavo ardiendo para evitar pagar cuando hay un siniestro y en muchos casos tiran del acta que expenden lo s tecnicos de los Ayuntamientos para saber las irregularidades que se detectan en las visitas de inspeccion.

En nuestro caso para mas inry estamos pendientes de visita de los tecnicos para la correspondiente licencia municipal y que nos autoricen el vado, pudiendo incluso ordenar el desalojo y cierre del garage si hay mas vehiculos de los permitidos.

Como esto ya se ha comentado y se hace caso omiso por parte de muchos vecinos en la proxima junta de vocales elevare a votacion lo siguiente:

"LA CONTRATACION DE UN NOTARIO QUE LEVANTE ACTA DE TODAS LAS PLAZAS QUE ESTAN OCUPADAS POR 2 VEHICULOS, Y TOMAR NOTA TAMBIEN DE VEHICULOS QUE ESTAN ENTRE MEDIAS DE DOS PLAZAS"

Este acta con cargo a la comunidad se hara en un par de ocasiones y por sorpresa, sera beneficioso para todos/as, ya que ante cualquier siniestro donde los tecnicos imputen el problema a cualquiera de los vehiculos que esta de mas, la comunidad se personara como acusacion particular contra esos vecinos y les exigira la responsabilidad penal y civil que correspondiere.

Espero que todos esteis de acuerdo con esta decision.

Saludos a todos/as.
 
H
Hipotecon_2000
24/09/2009 01:43
Hola Javier41, te contesto sobre la marcha...
Cita:
Pones el ejemplo de una riada, no tiene nada que ver con un incendio, ese ejemplo no vale, ah y el segruo no te pregunta cual de los dos vehiculos quieres que te pagemos, directamente te pagan el de menos valor.

El ejemplo vale igual, un incendio, una riada o que se caiga el edificio enterio son contigencias que el seguro de la comunidad debe cubrir. Hasta ahora, estamos hablando de un siniestro cuyo origen es ajeno a los 2 vehículos de una misma plaza.
Es muy posible que si el seguro no cubre ambos vehículos, sea él mismo quien determine qué vehículo cubre (posiblemente en de menor cuantía). En eso puedes llevar razón
Cita:
Quiza tu sabes de este tema mas que yo y estoy dispuesto a escucharte sin vanidad ninguna, pero creo que de juicios y decisiones judiciales sabes poco o a pocos juicios has ido, de lo contrario no opinarias asi.
Ni de juicios ni de seguros. Soy Ingeniero Informático y por fortuna no he tenido ningún juicio. Así que en efecto, no tengo experiencia.
Cita:
Mira..en unaplaza de garaje una moto y un turismo, la moto pierde gasolina y zassss provoca un incendio, sabes cuales son las coberturas de una moto?, escasisimas, tu crees que un ciclomotor que paga 90 euros de seguro anual correra con los gastos de un incendio en un garaje?, por otro lado todos los inmuebles o casi todos estan en infraseguro para pagar menos, porque nunca se comtempla la posibilidad de que un siniestro arrase todo, tendriamos problemas con seguridad.
En eso no tienes razón. Ambos seguros tienen la misma responsabilidad civil hacia terceros, que es la que obliga la ley: 10 millones de Euros ampliada por algunos seguros hasta 50 millones. Donde la moto adolece es en la protección hacia el conductor y hacia la propia moto. Ejemplo: te das una hostia y metes la moto en un restaurante en plena hora punta. Incendio y muertes. Pues bien, hasta 10 / 50 millones de euros cubre el seguro pero los daños de la moto te los comes (en la modalidad barata del seguro, no a todo riesgo, obviamente). Al conductor le cubre unos gastos sanitarios que van desde los 1.000 hasta los 6.000 € según compañía.
Cita:
En relacion con lo anterior, supongamos que la moto cubre un 20 por ciento del siniestro, la compañia estoy seguro que le enchufa el resto al consorcio de compensacion de seguros que correria con casi y repito casi el resto y pagando solo un porcentaje de la reparacion, por supuesto que le repercutiria el importe al dueño del vehiculo infractor Y ESTO SE LO PODEIS PREGUNTAR A QUIEN QUERAIS QUE ESTOY ENCANTADO DE ESTAR EQUIVOCADO, y en el supuesto que el seguro de la moto no corriera con los gastos podria si quisiera hacerse cargo el seguro de la comunidad PERO REPERCUTIENDOLE EL GASTO AL DUEÑO DEL VEHICULO INFRACTOR. Èspero y deseo que alguein me rebata esto con datos.
Como ya te he dicho, pagaría 100%, no el 20% pero con los límites que ya hemos visto. Además, no te pienses que el seguro de la comunidad es omnipotente, también tiene unos límites por encima de los cuales no se hace responsable. Y si queremos ampliar el límite, a pagar más.
Cita:
Sentido comun, ya ha pasado en otros garajes, te compras una moto o un quads lo usas a menudo tienes tu seguro pero te llegas a cansar o tienes un lesion o le cojes miedo, ¿Que pasa? el vehiculo como no lo uso al garaje y cuando le cumple el seguro no lo renuevo ¿Para que si no lo uso? y vaya por dios esa moto o ese quads es el causante del sisniestro ¿QUE SEGURO SE HACE CARGO? La comunidad con mucha suerte repercutiendole al dueño o con menos suerte el consorcio que no lo paga todo y por supuesto repercutiendole al dueño del vehiculo ¿QUIEN SE ARRIESGA? El resto quien lo paga?
Aquí estás mezclando muchos conceptos que no tienen nada que ver. Por un lado la pésima ley española que permite dar de baja un seguro sin entregar la baja del vehículo o el alta en un seguro nuevo. Por otro lado, parece que solo una moto o quad puedes estar sin seguro. Cualquiera de los vehículos que hay en los garajes puede no tener seguro, sea coche, furgoneta, moto o quad.
En este caso que comentas, supongo que sería el consorcio quien se hiciera cargo pero lo desconzco. En cualquier caso, quiero que entiendas que esta situación no es propia de motos, quads, o de varíos vehículos en una plaza. Nos puede pasar con cualquier coche.
Cita:
Las plazas son unipersonales y si el garaje tiene por ejemplo 400 plazas, el seguro cubre unipersonalmente 400 vehiculos cuando estan todas las plazas ocupadas, no paga 400 vehiculos repartidos en 300 plazas.
Este asunto lo desconozco pero debe venir en la póliza del seguro. Si tu la tienes dímelo y quedamos para leerla.
Cita:
Sin olvidar el perjuicio que se le causaria a mucha gente que tiene vehiculos con muchos años y con lo que le da seguro no se compra otro, y sin olvidar la inseguridad que tienen los vecinos que viven en los bloques.
En eso no podemos entrar. Es la vida misma y las cosas funcionan así en este sistema mercantilista. El seguro te da lo que considera que vale. Pero esto no tiene nada que ver con el tema que tratamos.
Cita:
Por otro lado para los defensores de todo y para los desmemoriados, todavia estamos sin licencia de garaje, sin vado permanente, os recuerdo una visita de un tecnico del Ayuntamiento y el comentario que hizo respecto de haber dos vehiculos en una plaza. ¿SE NOS HA OLVIDADO?
Sobre este tema estás desinformado. Cuando vino el técnico se nos puso un cartel a todos los vecinos informándonos del problema. Yo llamé al ayuntamiento y pregunté por la unidad en cuestion (que no recuerdo el nombre). Estuvimos hablando un largo rato sobre nuestro caso en concreto porque el tío se acordaba. Pues bien, me dijo que para otorgar la famosa licencia de uso ellos simplemente comprueban que la obra se ha hecho conforme a los planos que ellos tienen en su poder (que les entregó Bigeco como parte del proyeto). Así, si en el plano dice que el garaje tiene una puerta de 2x2, debe haber una puerta de 2x2. Si tiene X plazas debe haber X plazas, si el sentido de la circulación es a derechas.... Si tiene que haber un extintor cada 3 plazas lo mismo, y si tiene que haber una salida de emergencia y un cartel que lo indique, idem. Pero además me dijo que en ningún caso la licencia dependía de si en una plaza había 1, 2 o 30 coches. Ellos en eso no se metían porque no es competencia suya. ¿Ellos qué saben si nosotros pagamos una prima a nuestro seguro para cubrir 30 coches por plaza?


Si he podido explicarme claramente, verás que no haya razón para alarmismos ni para impedir nada. La ley de propiedad horizontal no dice nada de aparcar x coches por plaza, no tenemos unos estatutos que nos prohiban hacerlo.... así que no veo ilegalidad por ningún sitio.

Por cierto, lo que planteas no vale hacerlo en una votación, debe estar aprobado en los estatutos de la comunidad, y para eso, debe haber unanimidad. Y me parece que alguien votara que no (y no me refiero a mi).

Bueno, que solo pretendo hacer un debate constructivo y parece que lo está siendo.

Saludos.

 

Fin del hilo
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