En principio no puedes pagar el IBI, mas que nada porque la promotora no ha pedido en el catastro la "segregacion registral", por lo que el ayuntamiento no sabe a quien mandar el recibo
Hasta que no este hecho esto el ayuntamiento no puede mandar el recibo, pero en cuanto lo tengan te lo mandan, ya sea septiembre o Diciembre, porque este año tenemos que pagarlo nosotros.
Esto es lo que me comentaron a mediados de Junio en el ayuntamiento.