¿Quién debe pagar las cuotas de la comunidad?
¿Cómo actuar ante un cargo indebido de la comunidad de propietarios?
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El pasado 16-4-08, me llamó una clienta compradora de Las Margas y me ha indicado que le han cargado en su cuenta un recibo de comunidad que corresponden a un periodo en el que todavía no era propietaria.
El cargo lo ha efectuado la Administradora de la Comunidad puesta por NOZAR S.A. en la cuenta facilitada por la clienta para domiciliar los recibos de la Comunidad.
En la carta le indican que NOZAR se ha comprometido a realizar el pago de las cuotas ordinarias hasta la fecha de la escritura, pero que le recuerdan el art. 9 de la LPH y le advierten de que la Comunidad se verá obligada a dirigirse contra ella.
Entiendo que no es de recibo que se amenace a los comuneros, ya que se debe ir contra NOZAR SA, pues no de recibo que se vayay contra el vecino que no paga lo que no le corresponde , y al que se le amenaza porque su piso resulta que se puede ver afectado en virtud del art. 9 de la LPH –responsabilidad de la vivienda por las cantidades adeudadas a la Comunidad, aunque el deudor sea otro-. Se debe actuar contra quien tiene la obligación personal de pagar: NOZAR S.A.
Propongo enviar una carta a la Comunidad para que ejercite las acciones contra NOZAR S.A. que es el deudor principal, no contra los comuneros que no eran propietarios, cumpliendo con los requisitos legales para ello, como acuerdo de la comunidad, certificado del saldo, etc.
También el interesado puede instar demanda contra NOZAR S.A.
Comento esto en el foro por si estáis en la misma situación.
Os remito a todos un cordial saludo.
Zaragoza, a 24 de abril de 2008