Miura88 dijo:
Muy buena pregunta. Pero venderlo siempre se puede vender, pero con el precio fijado por la comunidad de madrid, no como renta libre.
Para venderlo como renta libre, tengo entendido que pagando el impuesto de liberación de vivienda protegida.
Esto me han respondido de la oficina de vivienda de lo de solicitar el prestacmo hipotecario...:
En relación a su consulta le informamos que para las Viviendas con Protección Pública Básica o las de Precio Limitado la duración del régimen legal es de 20 años desde la obtención de la Calificación Definitiva, o de 30 años si el promotor o adjudicatario de la vivienda ha obtenido un préstamo convenido al amparo del Plan Estatal de Vivienda 2005-2008. No existiendo en ese caso la posibilidad de solicitar la descalificación voluntaria de la vivienda.
Las Viviendas Protegidas están sometidas a un Régimen Legal de Protección. Durante este plazo de duración no se podrá vender la Vivienda Protegida a un Precio Libre ; no obstante sí tiene la posibilidad de venderla a un Precio Máximo Legal de Venta establecido para cada uno de los municipios de la Comunidad de Madrid, mediante Orden de la Consejería de Vivienda de la Comunidad de Madrid.