Hola soy Javi el novio de Ana, os dejo Ordenanza Municipal de SMV, regulando modificaciones en las fachadas es del año 2005 y no hay ninguno posterior que lo derogue:
"VII.2.10.7. Fachadas.
Las soluciones de ritmos y proporción entre los huecos y macizos en la composición de las fachadas, deberán adecuarse en función de las características tipológicas de la edificación y del entorno.
Los hastiales, medianeras vistas, las fachadas laterales y posteriores se tratarán con condiciones de composición y materiales similares a los de la fachada principal.
Ninguna instalación de refrigeración o acondicionamiento de aire, podrá sobresalir más de quince (15) centímetros del plano de fachada exterior, ni perjudicar la estética de la misma.
La instalación de aparatos de aire acondicionado visible desde la vía pública, requerirá un estudio del alzado del edifico, no pudiendo instalarse sino en la posición en que menos perjudiquen a la estética de la fachada.
Los equipos de acondicionamiento o extracción de aire en locales situados en alineación exterior, no podrán tener salida a fachada a menos de doscientos treinta (230) centímetros sobre el nivel de la acera.
Se prohibe expresamente la instalación de tendederos visibles desde la vía pública y la de receptores de señales de televisión o radio en las fachadas, balcones o similares.
En las Zonas RC CASCO ANTIGUO y RE ENSANCHE los huecos serán obligatoriamente de proporción alargada en sentido vertical, de tal forma que su altura sea como mínimo un 20 por 100 superior a la dimensión del ancho. En todo caso se prohibe la continuidad de huecos entre plantas."
Un saludo