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R
rogo
01/04/2004 09:52

Ahorro vivienda y ...

¿Qué pasa si anulamos la cuenta ahorro vivienda y no devolvemos lo deducido más el 20% de recargo?

863 lecturas | 3 respuestas
Tengo unas cuantas dudas que quizas alguien me pueda resolver.¿Podremos anular la cuenta ahorro vivienda sin devolver lo deducido mas el 20% de recargo?¿Es deducible el alquiler del pìso?Si dentro de 10 años no tienes dinero para pagar el piso, ¿te echan a la calle?.Si se trata de un alquiler de por vida me parece que esta muy bien, pero si al final se trata de comprar, ¿pagamos nosotros 60.000*120=7.200.000 más que el resto+cancelación de ahorro vivienda+lo que te dejas de deducir por ser un alquiler y no una compra? Si estoy equivocado rectificarme por favor.
 
R
rogo
02/04/2004 09:03
Muchas gracias y saludos.
 
N
noridala
01/04/2004 15:26
Hola.
A ver si yo te puedo aclarar algunas cosas.
En principio la cuenta ahorro vivienda, va solo destinada a la compra de una vivienda o bien, según la entidad bancaria, puede ir destinado a reforma de la vivienda. Las cuentas ahorro vivienda funcionan como una cuenta corriente normal, con algo más de rentabilidad, hasta el momento en que tu la declaras a hacienda y te desgravas dinero de la declaración.
Si nunca la has declarado, no tiene plazo de cancelación al igual que una cuenta corriente normal, y puedes utilizarla como tal, para pagar el alquiler de la casa o cualquier otra cosa.
Si las has declarado, tienes un plazo de 4 o 5 años, desde la primera vez que la has declarado en la Renta para destinar ese dinero a la compra de un piso. Por tanto no te serviría para el alquiler, y en caso de que lleguen los 4 o 5 años y no hayas comprado una casa, tienes que devolver todo el dinero que te has ido deduciendo de la Renta, más un recargo (que no se que % se trata), y lo que el banco te quiera cobrar por cancelación de la cuenta.
Si dentro de 10 años no tienes dinero para pagar el piso, y en caso de que la EMV te lo ofrezca en venta, seguramente ellos ya tengan acuerdo con algun banco o caja, para hacer la financiación mediante un préstamo-hipotecario. En definitiva, tendras que hipotecarte. Pero evidentemente sería una hipoteca por el valor de una VVP o VPO dentro de 10 años (según en lo que este tasada oficialmente la vivienda), con lo cual no será una hipoteca muy grande. Pero por otro lado tienes que tener en cuenta que las hipotecas solo te otorgan el 80% del valor del piso, con lo cual el otro 20% (salvo un aval grande, en cuyo caso te dan el 100%), y los gastos de escritura, notario, etc, corren de tu cuenta tambien.

Espero que esto resuelva tus dudas. Son cosas que lo le plantee a una amiga que trabaja en un Banco y que me aclaro, xq yo tenía las mismas dudas que tu.

Un saludo.
 
R
rogo
01/04/2004 09:56
Por cierto la deducción en una compra creo que es de algo mas de un 20% anual, que en nuestro caso lo perderíamos durante esos 10 años.
 

Fin del hilo
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