CREO QUE ESTO SIGUE VIGENTE
Por alquiler de vivienda joven
Los jóvenes menores de 35 años podrán deducirse en el Impuesto de la Renta un 20% de las cantidades destinadas al alquiler, hasta un máximo de 840 euros al año.
De este modo, suponiendo un alquiler medio de 420 euros mensuales, aquellos madrileños que se acojan a esta medida podrían deducirse en su Declaración de la Renta el importe de dos mensualidades de su alquiler.
*Para poder acogerse a esta deducción la base imponible en el IRPF no deberá superar los 25.620 € en declaración individual y los 36.200 € en declaración conjunta.
*Contribuyentes menores de treinta y cinco años.
*Las cantidades abonadas por el alquiler de la vivienda habitual deben superar el 10 por 100 de la renta del contribuyentes en el periodo impositivo (año natural)
*Acreditación del depósito de la fianza correspondiente al alquiler en el Instituto de la Vivienda de la Comunidad de Madrid. A tales efectos, el contribuyente deberá obtener una copia del resguardo de depósito de la fianza.