Hola de nuevo! Indagando con el tema de la desgravación, al parecer es posible que no sea tan sencillo como qualitat explica en su carta. En un telenoticias, aquí os dejo el link para los interesados: http://www.rtve.es/alacarta/la1/#925749, aseguran que se debe pasar por el notario antes de final de año para formalizar el tema.
Lo que es cierto es que lo que tenemos, no es un contrato de compra-venta, sino, un contrato de inscripción y adjudicación provisional de vivienda.
En la carta también dice que las explicaciones "de la carta" son meras interpretaciones del proyecto de Ley que por ello declinan cualquier responsabilidad sobre las explicaciones y recomiendan que, en caso de precisar asesoramiento sobre esta materia, recurramos al auxilio de un asesor fiscal (vamos que se lavan las manos).
Pues bien, a esperas de informarnos nosotros en una asesoría fiscal, me ha llegado información sobre el tema (que no parece andar mal encaminada) . Lo que nosotros tenemos con qualitat es un contrato privado que deberíamos hacer público, "como cuando escrituras". Al parecer qualitat podría hacerlo, o más bien, yo creo que debería, para esto debería citarnos a cada uno de nosotros ante notario y alzar el documento como público, por lo que me han comentado sería lo mejor, pero en caso de que no lo haga también sería posible que nosotros lo hiciéramos solos, de esto es de lo que hay que informarse.
Aun y así, creo que por el bien de todos deberíamos llamar a qualitat e insistir en que de eso depende que durante muchos años podamos desgravar o no, y ellos deberían como mínimo de informarnos como nos merecemos y de facilitarnos la situación alzando como público el documento para que después no tengamos problemas con las desgravaciones. Es más al parecer si conseguimos desgravarnos la hipoteca acogiéndonos a la ley de 2010 que es cuando hemos empezado a hacer pagos, también nos acogeríamos a la ley de 2010 de la ayuda a la entrada, osea, que podríamos cobrarla.
Saludos a todos y a ver qué pasa