Gracias Vir85 por tu respuesta,
he estado estudiando la documentación y al parecer puedes tener una vivienda en propiedad siempre y cuando esta tenga un valor segun ITP inferior al 40% del precio máximo legal.
No ser titular del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre una vivienda libre en la Comunidad de Madrid cuyo valor, según el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), exceda del 40% del precio máximo total de venta (inferior al Precio Máximo Legal de Venta o PMLV) o del 60%, en el caso de familias numerosas. Este requisito no deberá aplicarse en los casos de sentencia judicial de separación o divorcio cuando, como consecuencia de ésta, no se le haya adjudicado el uso de la vivienda que constituía la residencia familiar.
Para calcular este precio máximo legal, tomando como requisito que la promoción se acoja al Decreto 74/2009, sería:
(1) Valor €/m2 util. Madrid Zona A: 2.425,60 €
(2) Primer Garaje: 50% * (1) = 1212.80 €
(3) Segundo Garaje: 40% * (1) = 970,24 €
(4) Trastero: 50% * (1) = 1212,80€
Suponiendo las siguientes superficies:
Superficie Util Vivienda: 95,2 m2 * (1) = 230.917,12 €
Superficie Util Garaje 1: 12,0 m2 * (2) = 14.553,60 €
Superficie Util Garaje 2: 12,0 m2 * (3) = 11.642,88 €
Superficie Util Trastero: 6,0 m2 * (4) = 7.276,80 €
TOTAL = 264.390,40 €
El resultado sería que si tienes una vivienda cuyo valor según ITP es inferior a 105.756,16 € puedes acceder a la VPPL.
Para conocer que valor tiene tu casa se puede solicitar con certificado electronico desde:
https://gestiona.madrid.org/siva_internet/html/web/ValoraBienForm.icm?ESTADO_MENU=2_1
Espero no estar equivocado con los cálculos, para esos valores si cumpliría los requisitos y no tendría que vender corriendo.
Un saludo.