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I
IGO
30/08/2010 15:58

Descalificación de viviendas

¿Cuál es el plazo para solicitar la descalificación de viviendas VPP?

2.178 lecturas | 4 respuestas

Buenas,

No sé si este tema ya estará tratado o no, pero hace poco en una conversión salió la duda de la descalificación de viviendas VPP, ¿sabéis alguno cual es el plazo a partir del cual se puede solicitar? ¿10 años o 15 años a partir de la calificación definitiva? ¿se pueden alquilar las viviendas sin estar descalificadas? ¿alguno ha preguntado al IVIMA o a algún otro organismo?

Animo a todos en la vuelta de las vacaciones!

Un saludo

 
S
savio
15/10/2015 22:33

Muchas gracias por la respuesta M11.

 

Entiendo que el plazo de descalificación son 15 años.

Lo que no tengo claro es si para alquilar hace falta hacer una cancelación del prestamo y convertirlo en uno libre (novación?) La ultima vez me decían que era necesario. Y por otro lado si el contrato es siempre a través de ellos o solo con establecer sus precios es suficiente…

Aquí hay información, pero como siempre me parece algo confusa

http://www.madrid.org/cs/Satellite?c=PVIV_Generico_FA&cid=1142482587455&pageid=1142468451617&pagename=PortalVivienda%2FPVIV_Generico_FA%2FPVIV_pintarGenerico

 

Saludos

 


Editado por savio 15/10/2015 22:33
 
M
M11
08/10/2015 20:35

Hola, el plan de vivienda de los Brezos es el de 2002 no el de 2005. A partir del décimo año de la calificación definitiva (11/2005) se puede alquilar sin devolver ayudas, eso sí a precio tabulado por la Comunidad de Madrid. Para descalificar viene bien explicado en la guía fijándose en el caso 2002 y también en el decreto. Saludos.

 

 

 

 
S
savio
06/10/2015 19:33

Buenas tardes,

 te confirmo que habiendo leído ese documento llegué a las mismas conclusiones  que tú.

Otro tema es como solucionar la necesidad de alquiler temporal o venta si no tienes otra..   Llegué a ir hace años a la Avenida de Asturias a informarme. Allí pintaron muy negra la posibilidad de alquilar el piso ya que habría que devolver las ayudas y cambiar el tipo de prestamo. Lo que hacía inviable la posibilidad en ese momento.

Hace  poco viendo el papel de “reconocimiento de subvención” vi el siguiente texto:

No sé si se refiere diez años desde la declaración definitiva o desde la compra efectiva… Si la normativa que impìde la  descalificacion es mas restrictiva y se impone a esta norma más básica, o si como parace evidente no me estoy enterando …Pero me parece abrir la puerta a a la posibilidad de vender a precio Vpp o alquilar sin necesidad de devolver las ayudas, una vez transcurridos 10 años, que se cumplirían ahora desde la descalificacion.

 

La verdad que es un tema bastante complicado. Supongo que lo más fácil es ir a la Avenida de Asturias y tratra de dar con la persona adecuada. Tambien sería interesante que alguien que se haya informado pueda instruirnos. Yo he escuchado a gente decir que lo habia podido alquilar pero claro, a saber de qué manera.

 

Gracias por tu post. Si tengo tiempo y avanzo en la investigación lo comentaré .


Editado por savio 06/10/2015 19:47


Editado por savio 06/10/2015 19:54
 
S
soyo76
06/10/2015 17:16

Hola,

Me interesa mucho este tema, aunque veo que nadie respondió en su día.

He estado mirando esta página:

http://www.madrid.org/cs/Satellite?c=CM_Tramite_FA&cid=1109168986651&definicion=Autorizacion+Licencia+Permiso+Carne&idConsejeria=1109266187248&idListConsj=1109265444710&language=es&pagename=ComunidadMadrid%2FEstructura&sm=1109265843990&tipoServicio=CM_Tramite_FA

Y el archivo que se puede descargar en el link lateral “Guía de Descalificación de Vivienda Protegida“ y por lo que he entendido, el periodo para iniciar una descalificación voluntaria de una VPP amparada en el decreto de 2005 sería de 15 años desde la fecha de calificación, ,que creo que fue Noviembre de 2005, con lo que nos iríamos a 2020.

Pero vamos, que no soy un experto en esto y quizá alguien más podría leerlo y confirmarnos. Porque también hablan de que habría que devolver exenciones tributarias realizadas al amparo del VPP y que habría que novar el préstamo si éste fuera cualificado (arf).

Saludos.

 

 

Fin del hilo
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