Cita:
Celso dijo:
En fin por lo que he entendido a nostros CEDROS I creo que aplicando esta formula saldría el incremento mas ó menos exacto:
PRECIO ESTIMADO ESCRITURA (precio máximo para VPPL)+ 3,24 % (incremento s/precio estimado escritura)= PRECIO COSTE TOTAL VIVIENDA < PRECIO MAXIMO DEL MODULO PARA VPPL (cuando la CAM otorgue la calificación de VPPL definitiva) .
Así que entiendo que para que a una Vivienda que le den la Calificación de VPPL uno de los requisitos necesarios es que el Precio de la Vivienda Escriturado nunca puede ser mayor a los Precios Máximos establecidos por la CAM para las VPPL. Con lo cual si el Valor Real ó el Coste Real de la Vivienda es superior al máximo Precio que establezca la CAM para que esa vivienda sea considerada como VPPL se tendrá que "ocultar" de alguna manera el sobreprecio pagado por tu piso a la Cooperativa.
Cita:
Muy buena la explicación Celso, además de clara. Sobre lo de ocultar el sobreprecio voy a intentar explicarlo como yo lo entiendo, si no es así por favor corregirme:
COSTE TOTAL = COSTE VIVIENDA (Vivienda + trastero + 1ª plaza de garaje) + 2ª PLAZA DE GARAJE.
A la hora de escriturar, se escriturará el COSTE TOTAL, pero dependiendo de la subida del módulo está por determinar como se hace el reparto, es decir:
COSTE EN LA ESCRITURA DE LA VIVIENDA = UN PORCENTAJE (X%) DEL COSTE DE LA VIVIENDA (< PRECIO MAXIMO DEL MODULO PARA VPPL).
Este sería el prestamo que todos pediríamos y por el cual podríamos deducirnos.
Por otro lado está la escritura de la 2ª plaza de garaje:
COSTE DE LA ESCRITURA DE LA 2ª PLAZA DE GARAJE = RESTO DEL PORCENTAJE DE LA VIVIENDA (100 - X%) + COSTE DE LA 2ª PLAZA DE GARAJE.
En vivienda libre creo que se puede escriturar todo en la misma escritura y así deducirte por todo, pero en VPPL me temo que lo tendremos que hacer así.
Un saludo a todos y a pesar de las malas noticias animaros.