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C
Cedrero35
28/04/2008 11:39

Aportaciones a capital social

¿Se pueden deducir las aportaciones al capital social de la cooperativa en la declaración de la renta? ¿Puedo usar dinero de una cuenta vivienda para estos pagos?

1.447 lecturas | 9 respuestas
Buenos días, tengo una pregunta acerca de las aportaciones que todos debemos afrontar a capital social de la cooperativa, vamos los dichosos anexos.

¿alguien sabe si esto se puede deducir de alguna manera en la declaración de la renta del año que viene?
Si tengo dinero en una cuenta vivienda, podría usar dicho dinero para estos pagos sin temor a tener que devolver dinero a hacienda que me haya desgravado de dicha cuenta vivienda?

A ver si alguno me puede aclarar esto. Gracias.
 
V
vanemp
04/12/2008 09:58
a mi particularmente me lo dijeron en la oficina de vivienda de la comunidad de madrid, fuimos a informarnos cuando dimora nos dio los anexos, los llevamos allí y eso fue lo que nos dijeron. y se de gente de mi promoción que llamó a hacienda y les dijeron lo mismo, pero ahora con lo que tu dices, habrá q ir a hacienda para salir de dudas.
 
C
Cedrero35
04/12/2008 08:41
Gracias "Jesus y Laura".
 
J
Jesus y Laura
04/12/2008 00:11
Cedrero35, mi consejo sería que intentes hacer dos gestiones en paralelo.

Por un lado intenta hablar con Dimora para averiguar si ese sobrecoste se podría incluir en la segunda plaza de garaje, para de esta forma asegurar la deducción, supongo que si ya han realizado documentación en la que ese dinero va dirijido a capital social esta muy difícil esta opción.

Y por otro lado, prueba de nuevo con varias llamadas a Hacienda, por eso de tener diferentes opiniones y solicitales que te faciliten la identificación del documento donde haga referencia a lo que te digan sobre capital social.

Lamento no servirte de mas ayuda.
 
C
Cedrero35
03/12/2008 19:27
Vanemp partiendo de la base que no tengo ni p*** idea, cómo sabes que no son deducibles??, el año pasado me dijeron en hacienda que si y me gustaria leer donde pone que no lo sean. Ya que me he leido hoy unas cuantas paginas al respecto incluso la propia aeat y no aparece en ningun sitio.
 
V
vanemp
03/12/2008 19:00
Yo soy de Cedros III y claro está no se lo que vuestros anexos dicen, pero todo las aportaciones a capital social no son deducibles .
 
C
Cedrero35
03/12/2008 11:40
Lo preguntaba por el punto 3 (sobrecoste no de los locales) y al ser cantidades destinadas a la construcción, entendía que formaba parte de las aportaciones a la construcción de nueva vivienda. Si se nos sale o no del módulo es un problema, pero el dinero está destinado a eso, entiendo yo.
 
J
Jesus y Laura
03/12/2008 10:56
Cedrero 35, con todas las cautelas del mundo, puesto que sobre este tema en particular no he encontrado información en ningún sitio, y desconozco si las aportaciones a capital social se pueden englobar dentro de los gastos necesarios para la adquisición de la misma, paso a darte mi opinión:

1. Si te refieres a los 120,20 € que dimos al inicio en concepto de capital social, podría existir una forma de justificarlo, si tenías cuenta vivienda y en su día no te dedujiste de los intereses netos que la cuenta iba generando, esos intereses netos seguramente superen esos 120,20 €, por lo cual en el peor de los casos podrías justificarlo de esta forma.

2. Si te refieres a los anexos que en algunas promociones se han firmado, para entregar dinero destinado a la compra de los locales no vendidos, bajo mi punto de vista estas cantidades no serían deducibles, puesto que se destinan a otro fin diferente a la compra de vivienda habitual y además cuando se produzca la venta se os devolverá ese dinero.

3. Y si te refieres a otro tipo de anexo, porque el coste de la vivienda es superior al precio máximo marcado por el módulo, pienso que si sería deducible si ese exceso se incorpora en el precio que figure en la escritura de la segunda plaza de garaje, que siendo libre no tiene tope y además al estar en la misma edificación que tu vivienda se puede entender que forma parte de esta, aunque figure en escritura diferente pero ha sido adquirida en el mismo acto.

 
C
Cedrero35
03/12/2008 09:12
Aun no tengo este tema claro. Alguien me puede arrojar algo de luz???
 
C
Cedrero35
29/04/2008 11:40
Gracias ferrubiez.

Quizá se entiende mal, no me refiero a deducirme en 2008 por pagos al promotor, lo que ya me desgravé en 2007 como cuenta vivienda.
A lo que me refería era que si el dinero que me deduje en 2007 como aportaciones a la cuenta vivienda, lo usaba este año para pagar los anexos ¿es legal de cara a Hacienda?
Lo digo porque como parece un pago que aunque sea debido a la construcción de nuestra casa esta como "aparte" pues no lo tengo muy claro.

 

Fin del hilo
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