Buenos días !!
Si no pagas el segundo plazo de los locales no supone en nigun caso que renuncies a la vivienda, puesto que ese pago se destina a una provisión de fondos a la cooperativa o a Dimora, que en teoría va destinada a hacer frente a los intereses que suponen el que no se hayan vendido los dichosos locales, y nada tiene que ver con el contrato primitivo de adjudicación que firmamos con Dimora.
Es mas, en el documento de compromiso que firmamos para las provisiones de fondos futuras, se establecia que si llegado el caso en el que tuviesemos que hacer una segunda provision, se convocaria una Asamblea en la que nos expondrian la situación economica de la cooperativa, cosa que no han echo, limitandose a cargar en la cuenta la provisión sin más.
Por tanto, si ellos no han convocado la Asamblea y no nos exponen cual es la situacion de la cooperativa, puesto que tenemos derecho a saber la situación contable de la misma, tampoco pueden reclamarnos que paguemos. Yo de hecho, no pienso hacer provisoón alguna hasta que me entreguen la vivienda y que clarifiquen las cuentas de la cooperativa