Cedros II - Puntos de luz salón - Fuera Norma
¿Es legal tener solo un punto de luz en el salón?
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Hola,
He preguntado a un arquitecto sobre si es legal que sólo tengamos un punto de luz en el salón.
Su respuesta es que no cumple con la normativa actual.
La duda está en qué normativa nos aplican:
Si nos aplican el REAL DECRETO 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión, dice que en el salón debemos tener un mínimo de 2 puntos de luz en el techo, ya que la superficie es mayor de 10 m.
Si nos aplican el reglamento de instalacones electrotécnicas (no tengo el Readl decreto), debemos tener un punto de luz y una toma de corriente de 10 amperios por cada 6 metros cuadrados de superficie.
En cualquier caso, deberíamos tener un mínimo de 2 puntos de luz en el salón.
Y según este arqitecto los enchufes con llave no pueden ser considerados como puntos de luz, ya que los enchufes tienen su propia normativa.
Así que ya sabéis, a reclamar a Dimora.