El plan general de ordenación urbana de torrejón dice:
“4. Ninguna instalación de refrigeración, acondicionamiento de aire, evacuación de humos o extractores podrá sobresalir del plano exterior de la fachada y plano envolvente de cubierta de forma que suponga un detrimento de su calidad estética o molestias a los viandantes, como goteo, etc."
Sólo hace falta salir a la calle para ver que esta normativa no se cumple en una sola calle de torrejón.
El plan parcial del soto del henares (que entiendo que es la normativa a aplicar, ya que se restringe al soto) dice:
“3. El proyecto de edificación incluirá una solución unitaria para las instalaciones de aire acondicionado que se manifiesten en la fachada.”
Entiendo que no prohibe la instalación en fachada, solo pretende regular esa instalación
En nuestro caso (Cedros II), los planos visados por el colegio de arquitectos no tienen nada del aire acondicionado, ni unificado ni sin unificar.
Estamos intentando buscar alguna solución con el ayuntamiento, a raiz de un escrito que presentamos desde nuestra comunidad de vecinos. Creo que sería interesante que mas comunidades hiciesen lo mismo, para poder hacer más fuerza de cara al ayuntamiento.