Carta de Adjudicación.
¿Cuáles son los precios y condiciones de la promoción de viviendas en Navalcarnero?
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Es la que estamos esperando donde vienen los precios de nuestra vivienda.Estoy en contacto con la promoción de Navalcarnero también de gesper y los temas referentes a pagos,precios,m2,contratos,se difieren muchísimo a los nuestros.
Ellos ya han conseguido la carta de adjudicación.El cooperativista DJBUENO a plasmado los que viene en su carta y los precios.os la transcribo para que podamos opinar.
Dice un refrán que-Cuando veas las barbas de tu vecino cortar,echa las tuyas a remojar....-
SEGUNDA.- Que el coste de la vivienda garaje y trastero vinculados en que se efectua esta adjudicacion es el asignado en el Plan de Actuacion para las de su clase y que en esta fecha se evalua en 174.184,94 €, mas el 7% de IVA, es decir, 186.377,89 € (CIENTO OCHENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE EUROS CON OCHENTA Y NUEVE CENTIMOS).
Que el precio sin IVA se desglosa de la siguiente manera:
Vivienda: 146.060,67 EUROS
Garaje vinculado: 23.262,46 EUROS
Trastero vinculado: 4.861,81 EUROS
(Hasta aquí bien pq es lo que pone en cada uno en la C.C.P)
Que el socio aporta en las siguientes condiciones:
Con anterioridad a este acto, el socio aporta las cantidades que se desglosan a continuaci¢n en los siguientes conceptos:
1§. En concepto de aportacion al Capital Social 208,00 €.
2§. Ingresos para financiar el coste de la promocion en su vivienda:
En concepto de entrega a cuenta de la vivienda, destinadas a financiar el coste de la misma, y reintegrables en caso de baja en las condiciones previstas por los estatutos de la Cooperativa la cantidad, IVA incluido, de – ;-46.890,00 € (CUARENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA EUROS).
(En nuestro caso son 50.585 €,menos el 7 % del IVA.)
El resto de las aportaciones se determinaran en Asamblea general Ordinaria o Extraordinaria, en funcion del plan de actuacion.
En caso de baja, si esta es calificada de baja voluntaria justificada, no se operara deduccion alguna de las aportaciones que tenga efectuadas el socio, salvo por el importe correspondiente a la cuota de ingreso. Si, por el contrario, es calificada como baja voluntaria no justificada, se operar la deduccion que corresponda conforme a los Estatutos.
Las cantidades que el socio aporta, tanto por la entrega inicial como por los vencimientos de las letras de los pagos parciales hasta la firma de escritura de las fincas que sirven de base a la Promocion seran ingresadas en las cuentas bancarias del BBVA, donde quedaran depositadas sin poderse utilizar mas que para efectuar pagos que estan previstos en el presupuesto y plan financiero del Plan de Actuaci¢n. Estas cuentas tienen todas las caracteristicas de las cuentas especiales reguladas en las disposiciones aplicables a las VPP.
El socio declara conocer y aceptar integramente, comprometiendose a cumplirlas puntualmente, las condiciones y forma de devolucion del prestamo hipotecario que completara la financiacion de la vivienda. Asimismo, el socio se compromete a aceptar el mayor importe que pudiera obtenerse para el citado prestamo hipotecario y que se destinaria en su caso a la cancelacion de parte de las aportaciones aplazadas, con devolucion de los pagares o el instrumento de pago utilizado. Si el prestamo fuera por menor importe, el socio se compromete a suplir la diferencia no otorgada mediante la aceptacion de nuevos pagos .
TERCERA.- la falta de pago de cualquiera de las cantidades aplazadas a que se refiere la disposicion segunda, en los tres meses siguientes a la fecha de vencimiento prevista en la referida disposicion, dar lugar a la resolucion de pleno derecho del presente contrato, sin mas requisito que el requerimiento previsto en el articulo 1504 del C¢digo Civil, perdiendo en tal supuesto el socio adjudicatario, el 15% de las cantidades que hubiera abonado a la Cooperativa hasta la fecha del incumplimiento, que se destinaran a la Cooperativa en concepto de indemnizacion de daños y perjuicios, causados al resto de los socios de su promocion.
El precio que veis es calculado a precio de módulo de 2005. A cada uno le pondrá un precio, y no quiere decir que eso es lo que cueste la vivienda para nosotros, eso es de cara a la Comunidad de Madrid. Referente al precio real,como no es un precio cerrado,la respuesta es que no se sabe, que están en ello, que puede ser más del módulo, pero,cuánto más....? Si de repente te dicen que 20.000 € más y tú no pagas porque no estás dispuesto a pagar más del módulo, entonces...te echan y tienes que indemnizar,NO....???.
Todo esto es comentado por DJBUENO.Creo que tiene mucha razón en todo.No creéis.....??.Un saludo.