Hola,
He encontrado varios sitios donde dice lo siguiente:
¦Si tu hipoteca está referenciada a IRPH entidades, en tu caso todo seguirá como hasta ahora, estos cambios no te afectan
¦Si tu hipoteca está referenciada a IRPH cajas, IRPH bancos y tu contrato contempla un índice sustituto en caso de que el IRPH desaparezca, se aplicará este índice sustituto a menos que hipotecado y banco acuerden lo contrario. Por ejemplo, algunos hipotecados a IRPH cajas tienen por contrato que, en caso de que este índice desaparezca, se les aplicará Euribor + 1%, lo que es un buen trato
¦Si tu hipoteca está referenciada a IRPH cajas y tu contrato dice que, si desaparece, pasarás a CECA, tendrás que negociar con el banco un nuevo índice y un diferencial, puesto que el CECA es uno de los índices que desaparece. Aunque algunos hipotecados en este caso han comentado que en su contrato se contempla que, si desaparece también el CECA, se aplicará el último tipo de interés que haya podido calcularse con IRPH, durante el resto de la vida de la hipoteca. En este caso, será necesario ver cuál es este interés antes de tomar decisiones
¦Si tu hipoteca está referenciada a IRPH cajas o IRPH bancos y en el contrato no consta ningún índice sustitutivo, será necesario renegociar con el banco un nuevo índice (que puede ser Euribor, IRPH entidades o IRS) sino también el diferencial, que por supuesto quieres que sea lo más bajo posible
Por ejemplo: http://www.irsactual.com/tienes-una-hipoteca-a-irph-descubre-que-pasara-en-tu-caso/
Saludos!!