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A
artodemagallanes
04/05/2009 21:57

intervuales paentores, quien son? cuentas anuale?

559 lecturas | 1 respuestas
Sabe alguien, quien son los interventores de la cooperativa?

Los interventores, entre uno y seis, son el órgano de fiscalización de la cooperativa y tienen como función principal la censura de las cuentas anuales. Al igual que el consejo rector, los interventores son elegidos por la asamblea general. Nadie podrá ser elegido como interventor, si hubiese sido miembro del consejo rector durante todo o parte del período sometido a fiscalización


Y EL INFORME DE LA AUDITORIA DE LAS CUENTAS ANUALES ESTA YA HECHO?

La Ley prevé que las cooperativas de viviendas sometan sus cuentas a auditoría externa en determinadas circunstancias, como sucede cuando se estén promoviendo más de 40 viviendas o locales o cuando exista más de una fase o promoción.

Deben presentar dicha auditoria para la aprobacion de las cuentas anuales para asamblea, y dar copia a los socios, no estaria de mas repasarlas bien antes de la votacion Ay mirar sobre todo que paso con el dinero devuelto de hacienda.

HABER SI PREGUNTO SI COMO SOCIOOS SE PUEDE IR HACIENDA A PREGUNTAR LA DEVOLUCION A LA COOPERATIVA AUNQUE DEBERIA SALIR EN LA AUDITORIA.



POR ESO TODAVIA NO HAY ASAMBLA PARA APROBACION DE CUENTAS ANUALES?

Las cuentas anuales, junto con el informe de gestión y la propuesta de aplicación del resultado, serán presentadas para su aprobación a la asamblea general ordinaria que obligatoriamente ha de celebrarse anualmente

Menos cartas de repercusiones, y que aclaren las cuentas antes de pedir ue se cobren, por favor cuando presentan las cuentas anuales? donde esta el informe de la auditoria? y el dinero de hacienda? la lista de socios de alta y bajas? etc,etc,
deben dar mas explicaciones antes de pedir mas dinero..

Un saludo
 
A
artodemagallanes
11/05/2009 20:40
QUE LAS CUENTAS DEBEN SER PRESENTADAS Y AUDITADAS, QUE HABER SI ESTAMOS HACIENDO ALGO ILEGAL....
QUE ESTO YA PARECE CACHONDEO, QUE PASA CON LAS CUENTAS, DONDE ESTA EL DINERO? EN QUE SE LO HAN GASTADO?



Las Cooperativas de Viviendas, antes de presentar las cuentas anuales para su aprobación a la Asamblea General, deberán someterlas a auditoría externa en los ejercicios económicos en que se produzca alguno de los siguientes supuestos: a) Que la cooperativa tenga en promoción, entre viviendas y locales, un número superior a cincuenta. b) Cualquiera que sea el número de viviendas y locales en promoción cuando correspondan a distintas fases o cuando se construyan en distintos bloques que constituyan, a efectos económicos, promociones diferentes.
c) Que la cooperativa haya otorgado poderes relativos a la gestión empresarial a personas físicas o jurídicas distintas de los miembros del Consejo Rector o director.
d) Cuando lo prevean los Estatutos o lo acuerde la Asamblea General.
e) Cuando la promoción se lleve a cabo sobre suelo obtenido en una enajenación de suelo público.
2. En todo lo no establecido en el presente artículo sobre auditoría externa de las cuentas anuales de las Cooperativas de Viviendas, será de aplicación lo establecido en la presente Ley.
 

Fin del hilo
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