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A
artodemagallanes
03/02/2009 20:52

Aviso, al Consejo Rector

¿Cuáles son las responsabilidades y limitaciones del Consejo Rector de una cooperativa?

712 lecturas | 1 respuestas
Yo no se exactamente quien lo compone, pero por si alguno esta despistado y luego hay denunciss que sepan que la Gestora se lavara y dira que hay dicho consejo y que este estaba al tanto como establece la ley, asi que los miembros de este iria pensando en asesorarse por un letrado:

EL CONSEJO RECTOR Y LA LEY:

El Consejo Rector es el órgano colegiado de gobierno al que corresponde, al menos, la alta gestión, la supervisión de los directivos y la representación de la sociedad cooperativa, con sujeción a la Ley, a los Estatutos
El Consejo Rector podrá conferir apoderamientos, así como proceder a su revocación, a cualquier persona, cuyas facultades representativas de gestión o dirección se establecerán en la escritura de poder, y en especial nombrar y revocar al gerente, director general o cargo equivalente, como apoderado principal de la cooperativa. El otorgamiento, modificación o revocación de los poderes de gestión o dirección con carácter permanente se inscribirá en el Registro de Sociedades Cooperativas
CONSEJO RECTOR Y LAS CUENTAS

Las cuentas anuales y el informe de gestión, antes de ser presentados para su aprobación a la Asamblea General, deberán ser censurados por el interventor o interventores

El informe definitivo deberá ser formulado y puesto a disposición del Consejo Rector en el plazo máximo de un mes desde que se entreguen las cuentas a tal fin. En caso de disconformidad, los interventores deberán emitir informe por separado. En tanto no se haya emitido el informe o transcurrido el plazo para hacerlo, no podrá ser convocada la Asamblea General a cuya aprobación deban someterse las cuentas


CONSEJO RECTOR Incompatibilidades, incapacidades y prohibiciones:

Quienes desempeñen o ejerzan por cuenta propia o ajena actividades competitivas o complementarias a las de la cooperativa
ESPERO QUE NADIE DE MAGALLANES ESTE EN EL CONSEJO..


Bueno esto por si alguien quiere pedir papeles para el abogado, pues pedis lista de socios, quien forma el consejo rector, cuando se hizo la cuentas anuales si pasaron por el interventor antes de Asamble.


 
A
Anag77
04/02/2009 10:57
Ya nos ha comunicado el abogado que los primeros responsables son el Presidente y el Vicepresidente, así que en ese aspecto no les vamos a lavar las manos.

También nos ha comunicado que las primeras acciones legales que tome CCM será contra ellos.

Y los socios tenemos que completar la denuncia precisamente contra nuestros representantes legales en la cooperativa, presidente y vicepresidente.

Saludos
 

Fin del hilo
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