Gastos de cancelación registral
¿Quién debe pagar los gastos de cancelación registral de la hipoteca al comprar una vivienda al contado?
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Hola vecinos, ésta es mi primera intervención en el foro. Os cuento:
En IMASATEC nos han dicho que para aquellos compradores que paguen al contado, los gastos de cancelación registral de la hipoteca de la finca corren a cargo de la parte compradora. En nuestro contrato dice que la parte vendedora se compromete a cancelar "al menos economicamente...", pero no registralmente.
Según la oficina del BBVA, se trata de una cláusula abusiva y que además, en caso de pagar al contado, la vivienda debe entregarse libre de cargas. Algo imposible sin la cancelación registral.
Según he leído en otros foros, negarse a pagar esta condición puede llevar consigo que la vendedora se niegue a entregar la vivienda, con los retrasos que ello pueda suponer.
Según una simulación de internet, dichos gastos pueden rondar los 1.500 EUR, más o menos, en función de lo que cueste cada vivienda.
La parte vendedora se ha negado a facilitar los costes concretos hasta el último momento, probablemente para forzar una situación que les favorezca.
¿Álguien sabe más de este tema?
Muchas gracias.