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C
cruzmar
12/07/2007 12:07

Ayudas para pisos de protección pública

508 lecturas | 4 respuestas
Buscando información sobre este tema he encontrado esto pero se trata del plan de vivienda 2002-2005 y no sé si hay otro después. Un saludo
 
N
nipensarlo
12/07/2007 12:37
Totalmente de acuerdo con didi2. Todos los amigos que les han dado el piso les ha pasado esto que dice el/ella jijiji. Mis amigos fueron a la calle maudes para que les explicaran como iba la cosa y uno decidio pedirla, pero al otro no le interesaba ya que solo les daban 2000€ y el piso no se podia descalificar hasta los treinta años, y el decia que dentro de 30 años cualquiera sabe si habria necesitado venderlo antes.

A todos les dijeron lo mismo ya no hay dinero para las ayudas de la comunidad que son las primeras que ha dicho cruzmar (menores de 35 etc) y la unica opción era coger estatales y ampliar hasta 30 años, osea que será mirarlo.
Por cierto nuestro plan es el de 2001-2004.
 
D
didi2
12/07/2007 12:34
Nosotros correspondemos al plan de vivienda 2002-2004. Por que el alcalde llego a un acuerdo para que no nos cambiaran el plan lo que supondria pagar unos cinco millones mas por el piso. Pero claro ahora viene la pega. El dinero del plan de vivienda 2002-2004 se ha agotado. Con lo cual nos corresponde la mitad de las ayudas, es decir, como ya tienen firmado un acuerdo con el banco nos dan la hipoteca cualificada, pero el resto muy muy poco. Si queremos pedir alguna ayuda tendriamos que pedir las ayudas estatales y eso nos implica que en vez de poder liberar el piso (pagando el dinero que nos hemos ahorrado con la hipoteca cualificada) a los quince años o a los veinte (se descalifica sola sin pagar), no tendríamos opción de descalificarla ni pagando, ya que se descalifica a los treinta años.
Así que será cuestión de estudiarlo.
 
C
cruzmar
12/07/2007 12:23
Se nota que en julio los jefes están de vacaciones y hay menos trabajo je,je,je. He encontrado la normativa sobre las ayudas a VPP. en www.madrid.org. Click en "conoce conserjerías", elegir "medio ambiente y ordenación del territorio", a la derecha, abajo, click en "oficina de la vivienda" y ´buscar en la columna de la izquierda "plan de vivienda joven", allí , en la segunda página donde aparece la normativa está toda la ordenanza.

http://www.madrid.org/cs/Satellite?MD=Normativa&MI=1142328034867&c=OVIC_Normativa_FA&pagename=OVICAM%2Fhome_OVICAM&language=es&cid=1142327702502

Orden 1578/2005, de 11 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, reguladora de las bases para la concesión de las ayudas económicas a la vivienda en la Comunidad de Madrid (Plan de Vivienda 2005-2008)
ÁMBITO DE APLICACIÓN: Comunidad de Madrid
PUBLICACIÓN: 16/05/2005
ENTRADA EN VIGOR: 17/05/2005
 
C
cruzmar
12/07/2007 12:08

El Real Decreto 1/2002, de 11 de enero, que recoge el "Plan de Vivienda 2002-2005" pretende ser una guía, que con ayuda de las distintas comunidades autónomas con competencias en la materia, fomente el acceso a la primera vivienda de aquellos sectores más desfavorecidos. En él se fijan las normas básicas de acceso a la vivienda protegida y su financiación por parte de la Administración estatal.

Las ayudas a las que un particular puede optar a la hora de adquirir una vivienda calificada de protección publica y los requisitos mínimos de renta, etc. que ha de cumplir, según el decreto serían:

1) Ayudas a la entrada: son ayudas cuya finalidad es poder hacer frente a los gastos de entrada (como por ejemplo, las escrituras). Se reciben a través de la entidad financiera con la que se va a formalizar el préstamo, puesto que sin la obtención del mismo no habría ayuda. Se perciben mediante un pago único el día de la firma del préstamo. Su cuantía depende de los ingresos familiares y de la situación familiar. Así por poner algunos casos, incrementan las ayudas a menores de 35 años, familias numerosas, familias con discapacitados y con personas mayores a su cargo.

Consiste en un cuantía principal que es un porcentaje que va desde el 5 al 11% del valor total de la vivienda en la escritura de compraventa (en función del nivel de ingresos), y una cuantía especial que se suma a la anterior y que va desde los 900 a 4.200 euros para aquellas unidades familiares que cumplan unos requisitos especiales (menor de 35 años, familia numerosa, etc).

Ejemplo: Una familia con 3 hijos y unos ingresos anuales de 15.900 euros (3 veces el Salario Mínimo Interprofesional) tendría acceso a una ayuda del 5% del valor de la vivienda protegida más 3.000 euros.

2) Préstamos cualificados: son préstamos hipotecarios que conceden las entidades bancarias en las condiciones pactadas por el Convenio de Vivienda estatal o de la Comunidad Autónoma, si tiene competencias en materia de vivienda, para compra de vivienda protegida. Sus condiciones generales son:

- Sin comisión de apertura.

- A un plazo de veinte años.

- Un importe máximo del 80% del valor de la vivienda en su calificación de protección.

- El tipo de interés, normalmente, se fija por ley cada año (y suele ser inferior al tipo medio de los préstamos hipotecarios publicado por el Banco de España).

3) Subsidiación del tipo de interés: las ayudas para fijar el tipo de interés dependerán de los ingresos familiares. Esta ayuda es compatible con la subvención a la entrada y varía:

a) En caso de acceder a ayuda a la entrada, el Estado pagará entre el 5% y el 20% de la cuota del préstamo durante cinco años.

b) En caso de no poder acceder a la ayuda a la entrada la subsidiación es mayor, de tal forma que el Estado paga entre un 15% y un 40% del total de la cuota del préstamo durante un mínimo de cinco años y un máximo de diez. En caso de familias numerosas un 5% más durante los cinco primeros años.

Estas ayudas se refieren a la compra de una vivienda de protección pública exclusivamente, pero el Plan de Vivienda contempla muchas más ayudas (promoción y rehabilitación de viviendas protegidas, etc). Es recomendable informarse en la Delegación de Vivienda de cada Comunidad donde informarán con mayor detalle de las ayudas a las que se puede acceder.
 

Fin del hilo
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