palazo dijo:
Yo cuento lo que pregunté y lo que me fueron contestando y he leido el contrato de mi hermano y la conclusion que saco es:
1. Vuestra vivienda va a ser del plan de vivienda 2001-2004 (tsr, la ley de 25 años que has puesto es del plan de vivienda 2005-2008)
2. El prestamo convenido es una ayuda estatal, aunque hay quien se lo llama tambien a la hipoteca cualificada. No se de donde has sacado esa información pero al ser del real decreto 801/2005, es para el modulo 2005-2008, con lo cual si no cogeis ayudas no os afecta.
3. El piso al ser de VPP y del plan 2001-2004, se descalifica solo a los 20 años que es cuando termina el prestamo convenido o hipoteca cualificada sin tener que abonar las ayudas. Si se quiere liberar antes, no se puede hasta los 15 años. Cuando el piso tenga los 15 años si se devuelven las ayudas (tanto las estatales, como las de la comunidad, y los intereses ahorrados con la hipoteca cualificada) se puede descalificar el piso y se puede vender libremente.
4.Respecto a las ayudas... yo no las pedi, pero cualquiera debe hacer lo que quiera o lo que mas le convenga. Mi piso como el de la mayoria de parla este también es del modulo 2001-2004, y el dinero que se tenia que invertir en ayudas de la comunidad se terminó al cambiar el módulo, y entonces la única opción de ayuda son las estatales. Las ayudas estatales lo que te hace es variar el periodo para poder descalificar la vivienda. Es decir, si coges una ayuda estatal el piso se descalifica a los 30 años, y no hay posibilidad de descalificarlo antes, ni pagando ni sin pagar. Entonces cada uno debe decidir, a mi no me convenia por que la ayuda que me daban no pasaba de 3000€, y que quereis que os diga por 3000€ que dan a los cuatro o cinco años de tener el piso no me convenia tener el piso limitado a 30 años.
Creo que no me dejo nada, pero yo os recomendaria ir a la oficina de vivienda que es donde mejor os van a explicar, abren también los sabados por la mañana, por que en el 012 no te pueden explicar nada de nuestro modulo por que es anterior.
Hola, palazo.
La información la saqué de la página de la oficina de la vivienda. En principio es ua información actualizada a julio de 2007, y en ese documento (si quereis lo envío para que lo suban) hablaba de 2 casos posibles:
* el que he puesto yo, es decir,
Normativa anterior a la entrada en vigor del Decreto 11/2005, de 27 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas Protegidas de la Comunidad de Madrid (Decreto 43/1997, de 13 de marzo ; Decreto 228/1998, de 30 de diciembre ; y Decreto 11/2001, de 25 de enero) (fijaos que es normativa anterior a la del 27 de enero de 2005, con lo cual entiendo que se refiere a las promociones del plan 2001-2004)
* la correspondiente al periodo posterior, es decir,
Decreto 11/2005, de 27 de enero Todo lo que os he puesto es sólo para el primer caso, es decir, el que creo que nos atañe a nosotros por ser nuestra vivienda del plan 2001-2004.
De todas formas, insisto, si quereis, puedo mandar el documento para que le echéis un vistazo.
Saludos, y gracias, palazo.