Para que no queden dudas ... sacado de la web de la vivienda ...
http://www.vivienda.jccm.es/ REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE DEMANDANTES
Los requisitos recogidos por la ley para poder estar inscrito son los siguientes:
1. Ser mayor de edad o emancipado.
2. Tener nacionalidad española o ser ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea. En el supuesto de ser ciudadano no comunitario, contar con permiso de residencia y trabajo vigentes, salvo en los supuestos en que este último no sea necesario.
3. Estar empadronado alguno de los miembros de la familia en algún municipio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
4. Cumplir con los límites de ingresos mínimos y máximos establecidos.
5. No haber renunciado a la vivienda adjudicada en los dos años inmediatamente anteriores a la solicitud de inscripción o adjudicación.
6. No mantener con la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha deudas derivadas de impagos o de responsabilidad por deterioros ocasionados en viviendas adjudicadas al amparo de planes estatales o autonómicos de vivienda y suelo anteriores.
PREGUNTA:
¿Es obligatoria la inscripción en el Registro para acceder a vivienda con protección?
RESPUESTA:
Efectivamente se establece la condición de estar inscrito en el Registro para acceder al procedimiento de adjudicación de viviendas con protección.
PREGUNTA:
¿Hay algún tiempo mínimo de inscripción para cumplir con el requisito exigido?
RESPUESTA:
Se requiere estar inscrito al menos con dos meses de antelación mínima al inicio del procedimiento de adjudicación.
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Todo esto sacado de la web de la Vivienda de la JCCM ... alguien sigue teniendo dudas??? Está claro clarísimo que entre lo que dicen unos y lo que dicen otros ... no sé por qué, pero creo que habrá que creer más a lo que diga la Administración ...