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A
AliciayRoberto
30/09/2007 15:21

AYUDAS VPT

¿Cómo obtener ayudas para gastos de notario al adquirir tu primera vivienda en Castilla-La Mancha?

4.331 lecturas | 3 respuestas
AYUDAS PARA GASTOS DE NOTARIO A JÓVENES QUE ADQUIERAN SU PRIMERA VIVIENDA EN CASTILLA-LA MANCHA.

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Objeto
Regular las bases y convocar, con carácter indefinido, la concesión de ayudas para la financiación de gastos de notaría y registros a jóvenes que adquieran su primera vivienda y ésta esté ubicada en Castilla La Mancha.


Destinatarios
Jóvenes con una edad superior a 18 años e inferior a 36 años de Castilla La Mancha


Requisitos exigidos
1. Haber nacido en la Comunbidad Autónoma, ser residentes en C-LM con al menos un año de antigüedad en el momento de presentar la solicitud, o ser hijos de castellano-manchegos que lo acrediten
2. Tener domicilio fiscal en CLM
3. Tener mas de 18 años y menos de 36 en el momento de presentar la solicitud
4. Adquirir su primera vivienda, que esté ubicada en CLM y sea destinada a residencia habitual y permanente de sus adquirientes
5. No ser titular del pleno dominio o de derecho real de uso o disfrute sobre otra vivienda tanto en CLM como en todo territorio nacional

Los requisitos 1, 2 y 3 deberán ser cumplidos por al menos uno de los titulares de la vivienda.
Las viviendas deberán estar calificadas como de Protección Oficial o de Precio Tasado
Los trasteros y plazas de garaje estarán incluidos en las ayudas siempre que estén vinculadas en la escritura de compraventa u obra nueva de la vivienda pro la que se solicita la ayuda


Importe
Cuantía máxima: 450 euros

- Para VPO, en 1ª transmisión o adjudicación, la cuantía de la ayuda será igual al gasto notarial derivado de la escritura pública de compraventa de la vivienda o escritura de obra nueva en los supuestos de autopromoción, y un máximo de 2 copias de ésta ; más el gasto generado por la inscripción en el Registro de la Propiedad
- Para VPO, en segunda o posteriores transmisiones, así como para la Viviendas de Precio Tasado la cuantía máxima de la ayuda será igual a la cantidad establecida para una VPO en 1ª transmisión de igual valor.
- Las ayudas serán compatibles con otro tipos de ayudas. El importe total no podrá superar el coste de la actuación a la que van dirigidas.


Criterios
El procedimiento de concesión de ayudas se regirá por los principios de publicidad, concurrencia y objetividad, resolviéndose por riguroso orden de presentación de solicitudes


Documentación a aportar
Solicitud, que podrá presentarse además por fax al 925 28 70 01 o por internet desde esta misma página, en cuyo caso se aportará con posterioridad la siguiente documentación:

- Escritura de compraventa de la vivienda o escritura de obra nueva en los supuestos de autopromoción
- DNI, N.I.E., certificado de empadronamiento en CLM con al menos, un año de antigüedad o libro de familia en su caso
- Acreditación del domicilio fiscal en CLM
- Factura detallada de los gastos notariales y de registro


Información adicional
Podrá pedir información sobre esta convocatoria, en los siguientes teléfonos o correos electrónicos:

Albacete: 967 245 619 (bvjab@jccm.es)
Ciudad Real: 926 229 804 (bolsavicr@jccm.es)
Cuenca: 969 178 813 (bolsavicu@jccm.es)
Guadalajara: 949 215 469 (bolsavigu@jccm.es)
Toledo: 925 265 305 (bovjto@jccm.es)
Talavera de la Reina: 925 839 148 (bolsavita@jccm.es)


Plazo de presentación de instancias
Dos meses siguientes a la firma de la escritura pública. Se admitirán solicitudes con escrituras públicas fimadas desde el 01/04/2005, que se presenten en el plazo de dos meses a partir de la publicación de la Orden


Lugar de Presentación
Las solicitudes podrán presentarse: en cualquier registro perteneciente a la Administración del Estado, a la de las Comunidades Autónomas, y a la de aquellas Entidades Locales que hubieran suscrito el oportuno Convenio, así como en las oficinas de correos, o en cualquier otra forma prevista por ley.


Plazo de resolución
60 días desde la presentación de los documentos acreditativos


Unidad Orgánica competente
DG JUVENTUD


Recursos
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en el plazo de 2 meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación.
- Los particulares interesados podrán interponer Recurso de Reposición Potestativo, ante el mismo Organo que dicta la Orden, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación.

Si se formula requerimiento previo o se interpone el recurso de reposición, no podrá presentarse recurso contencioso-administrativo sino hasta que haya recaído resolución expresa o, en otro caso, hasta que transcurra el plazo de un mes.


Sin más y quedando a tu disposición, recibe un cordial saludo.

José Antonio Luján Bernardo
Técnico de la Bolsa Vivienda Joven
Trinidad, 8
45071 TOLEDO
Teléfono: 925 265305
Fax: 925 265306
E-Mail: jalujan@jccm.es
 
M
mannach
30/09/2007 17:34
es un poco pputadilla para los que no soos de ccm ya que no podemos optar por lo que parece a ninguna ayuda ya que no llevamos 1 año empadronados ni nada parecido. ¡que se le va a hacer!

 
A
AliciayRoberto
30/09/2007 15:24
esto eslo que me enviaron por email cuando pedi informacion. es decir las ayudas para vpt son:


- hasta 450e en notaria
- La hipoteca joven de ccm (-0.20 los 6 primeros meses, +0.33 el resto, revision semestral, sin comisiones salvod e subrogacion pero esa no nos afecta, hasta el 100% y hasta 40 años) pero para pedirla hay que estar inscrito en el registro de demandantes y ser aceptado.

Un saludo
 
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AliciayRoberto
30/09/2007 15:23
- Al ser la vivienda de precio tasado, debemos olvidarnos de ayudas directas y casi todas las subvenciones pecuniarias, ya que las únicas que generan una posibilidad de ser subvencionadas de forma dineraria son las VPO.

- Aún así, las VPT pueden acogerse a dos tipos de ayudas:

- Por un lado, la concesión de préstamos convenidos con unas características o unos tipos de interés inferiores a los que está el mercado como puede ser la Hipoteca Joven de CCM y de Caja Guadalajara.

- Por otro, la ayuda de gastos de notario y registro con una cuantía máxima a conceder de hasta 450 €.
 

Fin del hilo
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