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CALMA, CHICOS

549 lecturas | 5 respuestas
Según me ha informado esta mañana el Letrado, sr. Hidalgo, la fase 1 puede ser calificada como vpp, incluídos los bajo cubierta que se consideran anexos. La CAM dará el visto bueno a esto en cuanto vía tertia lo pida.
Está claro que hay que pedir a la gestora que haga su trabajo y agilice todo esto.
Y por favor, los que criticáis, si sabéis hacerlo mejor, adelante.
 
Estoy de acuerdo con lo que dice me73. Nosotros hemos comprado una vivienda libre, no una VPP. Yo trabajo en una multinacional que en cualquier momento me pueden desplazar a otra ciudad o incluso al extranjero. Que hago, me como la casa con patatas en cuanto me tenga que ir?

Todo esto sin nombrar alquellas personas que compraron varios pisos como inversión y ahora se ven en este lío, teniendo "varias viviendas habituales" y sin ganar un duro, o por lo menos los intereses que un banco les hubiera dado por ese dinero invertido (y que conste que yo no soy de estos - más quisiera yo tener tanto dinero! - y me encantaría tener mi casa ya).

Como se ha dicho en varios mensajes, debemos mantenernos unidos y evitar que estos se salgan con la suya.

Saludos a todos
 
Hola. Espero equivocarme, pero en cuanto a acceder a VPP las leyes que las rigen son las que están "activas" el día de las escrituras, es decir, que si desde que compramos las viviendas hasta el día de las escrituras cambian las leyes, nos aplicarían las últimas el dia de la firma, que es cuando se revisarían todas nuestras condiciones, e incluyo afecta al precio del módulo por metro que marca la ley, nos aplicaría el de ahora y no el del año 2000. Agradecería si alguien pudiese confirmar estos puntos. Gracias por anticipado y saludos a todos.
 
Hola,

Me parece muy bien que todos esteis muy contentos con que finalmente se va a solucionar la calificación definitiva de vpp, pero creo que todos nosotros hemos comprado una vivienda libre.

Gracias.

Un saludo
 
Hay que reunir unos requisitos económicos, aunque el representante de vía tertia dijera que no. El Decreto del año 98 no lo tengo ahora para consultarlo, pero te respondo mañana.
 
Me gustaría me indicaras si los propietarios de la fase 1
necesitamos reunir alguna condición para poder acceder a
nuestras viviendas, como por ejemplo el sueldo u otra condición.

Un saludo
 

Fin del hilo
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